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dc.contributor.authorPuertas Salazar, Isaac Raul
dc.date.accessioned2023-04-11T14:25:42Z
dc.date.available2023-04-11T14:25:42Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/11558
dc.description.abstractEl presente informe jurídico tratará sobre el Expediente 001-2018/CCDINDECOPI- AQP sobre Competencia Desleal. Con fecha 9 de marzo de 2018, A. J. C. L. denunció a INST. DE PROMOCION CULTURAL A. BRYCE S.A.C. por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de actos de engaño. El denunciante afirma que la publicidad versada por el denunciado en el Diario Correo en el especial temático postulante el 5 de marzo de 2018 que consigna lo siguiente: “1ros en las tres áreas”, “1 MEDICINA ASTRID LAVILLA”, “Proceso UNSA 2018 examen realizado: 04 marzo 2018”, “1 ING. CIVIL OCTAVIO APAZA” habría sido inexacta e induciría a error a los consumidores tal como lo hizo con él. La Secretaría Técnica, luego de lograr identificar a plenitud al denunciado como Grupo Bryce S.A.C. (en adelante Bryce), decide hacer la imputación de cargos. El 13 de agosto de 2020, la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI – Arequipa (en adelante Comisión) resuelve declarando fundada la imputación debido a que la afirmación “EXAMEN REALIZADO: 04 DE MARZO 2018” podría provocar que los consumidores asuman que los alumnos mencionados en la publicidad ingresaron en los primeros puestos bajo la modalidad CEPRUNSA realizado el 4 de marzo de 2018, por lo que Bryce habría inducido a error a los consumidores. Ante esto, el 19 de octubre de 2020, Bryce interpone recurso de apelación para que, finalmente, el 20 de mayo de 2021, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (en adelante Sala) revocó la resolución de la Comisión reformándola, declarándola infundada, indicando que haber consignado “EXAMEN REALIZADO: 04 DE MARZO 2018” no induciría al público a considerar que la información versada por el anuncio era referida al Proceso Ordinario CEPRUNSA.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent37 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectCompetencia desleales_PE
dc.subjectActos de engañoes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 001-2018/CCD-INDECOPI-AQPes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni72526003
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorRivera Maguiña, Mónica Carolina
renati.jurorAgüero Miñano, Maritza Yesenia
renati.jurorMiñano Donayre, Alicia Liceth
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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