Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 00288-2016-0-1505-JR-LA-01
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2021Author(s)
Fuentes Malpartida, Edwin José
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El funcionario, interpone demanda ante Juzgado Especializado de Trabajo, cuya
pretensión deviene a que se le incluya en el nivel de funcionario F1, pago
permanente de sus remuneraciones mensuales y beneficios sociales y reintegro de
sus remuneraciones mensuales y beneficios sociales, más intereses legales. El
Juzgado Especializado de Trabajo emite la Sentencia N° 264-2016.LA, mediante el
cual Falla: Fundada en parte la demandada y ordena a la demandada que se le
incluya el nivel de funcionario “F1” en el CAP Y PAP. Infundada la demandada
respecto a la pretensión de pago permanente de sus remuneraciones y beneficios y
el reintegro de las referidas remuneraciones. Por lo que siendo de interés de ambas
partes procesales Interponen Recurso de Apelación ante la 1ra Sala Mixta
Descentralizada y de apelaciones el mismo que emite la Sentencia de Vista el cual
decide; Revocar la sentencia N°0264 – 2016 – LA/PJ. y declara infundada la solicitud
de incluir el nivel de funcionario “F-1” en el en el CAP y PAP. Confirmaron la referida
sentencia, en el extremo, que resuelve declarar: infundada la demanda respecto a la
pretensión de pago permanente de sus remuneraciones y beneficios. El
1demandante no acorde a lo resuelto por el órgano superior interpone Recurso de
Casación que resuelve y ordena que la demandada disponga el pago de reintegro
de sus remuneraciones y beneficios sociales acorde al cargo de funcionario F-1 que
le corresponde en su condición de auxiliar coactivo a partir del 22 de noviembre de
1999 hasta la fecha efectiva de labores, más intereses legales simples.
Objetivo: inclusión en el nivel de funcionario F1, pago permanente de
remuneraciones mensuales y beneficios sociales así como requerir el reintegro de
sus remuneraciones mensuales y beneficios sociales, más intereses legales.
Metodología: Recopilación de información según el Expediente Contenciosa
Administrativa N° 00288-2016-0-1505-JR-LA-01.
Conclusiones: Que el órgano supremo dispone el pago de reintegro de sus
remuneraciones y beneficios sociales acorde al cargo de funcionario F-1 que le
corresponde en su condición de auxiliar coactivo a partir del 22 de noviembre de
1999 hasta la fecha efectiva de labores, más intereses legales simples.