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dc.contributor.authorMedina Calderon, Jesus Manuel Asuncion
dc.date.accessioned2022-02-10T18:10:32Z
dc.date.available2022-02-10T18:10:32Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/9435
dc.description.abstractEn el presente Informe Jurídico se analiza un expediente penal del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado en grado de tentativa, previsto y sancionado en el artículo 188º del Código Penal, como tipo base, con las agravantes previstas en los numerales 4 y 5 del primer párrafo del artículo 189º, en concordancia con el artículo 16º del mismo cuerpo normativo, en contra en contra de G.M.V.I y M.A.V.H. en agravio de V.G.R. Dicho proceso al haberse cometido en flagrancia delictiva se llevó bajo el Decreto Legislativo Nº 1194 - Proceso Inmediato. La Vigésima Fiscalía Provincial Penal del Distrito Fiscal de Lima, requirió la incoación del proceso inmediato y requerimiento de prisión preventiva ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, de conformidad con los artículos 446º y 447º del CPP. El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la CSJL declaró procedente la incoación al proceso inmediato; asimismo, se declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva por el plazo de 6 meses. La Vigésima Fiscalía Provincial Penal procedió a formalizar acusación fiscal contra los imputados en calidad de coautores solicitando la imposición de doce años de pena privativa de la libertad y el pago de dos mil soles como reparación civil. El Juzgado Penal Colegiado condeno a los imputados con 8 años y 6 meses de pena privativa de libertad y fijo la suma de pago de dos mil soles como reparación civil por concepto de reparación civil de manera solidaria. Los sentenciados interpusieron recurso de apelación. La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Lima. La Primera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, confirmó la sentencia condenatoria e íntegro la parte decisoria el extremo que absolvió a los sentenciados, por la circunstancia agravante prevista en el numeral 5 del primer párrafo del artículo 189º del Código Penal. G.M.V.I. interpuso recurso de casación excepcional contra la sentencia de vista. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica (Casación Nº 594-2016 LIMA), declaro inadmisible dicho recurso, M.A.V.H. interpuso recurso de casación excepcional contra la sentencia de vista; declarado inadmisible ─por extemporáneo─. Por consiguiente, se dispuso a los sentenciados cumplir con lo ejecutoriado, inscribiéndose la presente sentencia en el Registro Distrital de Condenas de Lima, en etapa de ejecución de sentencia.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent28 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso penales_PE
dc.subjectRobo agravadoes_PE
dc.subjectPatrimonioes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Penal Nº 00217-2016es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni74253338
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorVilca Morales, Aldo Gilberto
renati.jurorOyarce Delgado, Jeannette Elaine
renati.jurorCarrión Díaz, Juan Elías
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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