Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorArce Santiváñez, Diego
dc.date.accessioned2021-11-15T18:05:47Z
dc.date.available2021-11-15T18:05:47Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/9103
dc.description.abstractEn el presente Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador de oficio por la presentación comisión de infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor. El procedimiento fue iniciado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte, en atención a la Investigación N° 166-2014/ILN-CPC iniciada contra - - - para verificar si el servicio de transporte aéreo que ofrecía se encontraba de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda vez que se advirtió la cancelación y/o retraso de siete vuelos operados por - - -. Mediante Resolución N° 396- 2015/ILN-CPC del 6 de mayo de 2015, la Comisión inició un procedimiento sancionador contra - - -, por presuntas infracciones al artículo 19° del Código, toda vez que dicho proveedor habría demorado y cancelado el servicio de transporte aéreo de siete vuelos. - - - presentó sus descargos señalando que el Indecopi carecía de competencia para fiscalizar y sancionar las posibles infracciones a la legislación aeronáutica civil, pues el marco normativo que regulaba dicha actividad, reconocía a la Dirección General de Aeronáutica Civil; asimismo, que no eran responsables de la cancelación y/o retraso de los vuelos cuestionados pues dicha situación se encontraba fuera de su esfera de control. La Comisión de Protección al Consumidor declarar fundada la imputación efectuada por presunta infracción a los articulos 18 y 19 del Código, al considerar que se habría infringido el deber de idoneidad debido a la cancelación de los vuelos. La Sala Especializada en Protección al Consumidor resolvió el Recurso de Apelación interpuesto por - - - y declaró la nulidad de lo resuelto por la Comisión, toda vez que dicho órgano no habría requerido informes o actuado pruebas que determinaran la responsabilidad de - - -. Posteriormente la Comisión emitió un nuevo pronunciamiento sin requerir los informes conforme a lo solicitado por la Sala y declaró fundada la imputación efectuada por considerar que se encontraba acreditado que - - - era responsable por la cancelación y/o retraso de los vuelos investigados. Dicho pronunciamiento fue confirmado por la Sala.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent47 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectProcedimiento sancionadores_PE
dc.subjectServicio de transportees_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 46-2015/ILN-CPC-SIAes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni45670294
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorAlvarez Vargas, Napoleón de Jesús
renati.jurorTorres Madrid, Francisco Javier
renati.jurorCasanova Olórtegui, Silvana
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

info:eu-repo/semantics/openAccess
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess