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dc.contributor.authorBarreto Nuñez, Yesenia
dc.date.accessioned2021-08-05T22:59:13Z
dc.date.available2021-08-05T22:59:13Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/8502
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador ante Indecopi, por presunta infracción al deber de idoneidad regulado en el Código de Protección y defensa del Consumidor. La denuncia fue interpuesta por el señor Javier Farias Vera contra Rímac Seguros y Reaseguros S.A.. El denunciante solicito la cobertura del seguro vehicular a Rímac Seguros por el accidente de tránsito que sufrió el 18 de enero de 2015, frente a lo cual Rímac Seguros rechazó su solicitud de cobertura en tanto no se sometió al examen de dosaje etílico dentro de las cuatro horas de ocurrido el accidente. El denunciado presento sus descargos alegando que el señor Farías no se sometió al dosaje etílico, establecido en la póliza vehicular, incurriendo en una causal que ocasionaba la pérdida de los derechos de indemnización. Asimismo, señala que el señor Farías contaba con toda la información sobre la cobertura del seguro, por lo que no existió justificación alguna por no haberse sometido al dosaje etílico. La Comisión de Protección al Consumidor N° 1 de Indecopi declaro Infundada la denuncia interpuesta por el señor Farias contra Rímac Seguros por presunta infracción a los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, en la medida que no quedó acreditado que la compañía aseguradora se negó, en forma injustificada, a brindar la cobertura del seguro vehicular contratado por el denunciante. Asimismo, Denegó la medida correctiva solicitada por el señor Farías, así como el pago de las costas y costos del procedimiento. El 25 de febrero de 2016, el señor Farías apeló la resolución de la Comisión argumentando que permaneció en la clínica hasta el mediodía para poder practicarse exámenes externos, y si bien en el Informe Médico se pudo observar que se le otorgó el alta médica, en el mismo también se ordenó un descanso médico de una semana y manifiesta también que no se negó a pasar por la prueba del dosaje etílico exigido ni mucho menos tuvo la oportunidad de comunicar a la aseguradora dentro de las cuatro horas de producido el accidente debido a que se encontraba en estado inconsciente, por lo cual fue evidente que la policía no realizó adecuadamente su trabajo puesto que era su responsabilidad el practicar la prueba del dosaje etílico dadas las condiciones físicas en las que se encontraba. La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de la Competencia y de la Propiedad Intelectual de Indecopi declaró Revocar la resolución apelada y, reformándola, se declara fundada la misma, al haber quedado acreditado que se negó injustificadamente a otorgar al denunciante la cobertura del seguro vehicular conforme a lo establecido en la póliza de seguro vehicular. Asimismo, Ordeno a Rímac Seguros en calidad de medida correctiva que, en un plazo de cinco días posteriores a la notificación de la presente resolución, cumpla con hacer efectiva la cobertura conforme a lo establecido en la póliza contratada por el denunciante. Sanciono a Rímac Seguros con una multa de dos UIT y Finalmente, Dispuso la inscripción de Rímac Seguros y Reaseguros S.A en el registro de Infracciones y sanciones del INDECOPI.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent194 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectInfracciónes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 302-2015/CC1es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni45584846
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorAlvarez Vargas, Napoleón de Jesús
renati.jurorCorrea Zúñiga, César Luis
renati.jurorVigil Oliveros, Enrique Andrei
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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