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dc.contributor.authorJeri Chavez, Leonardo Luis
dc.date.accessioned2021-08-05T22:37:06Z
dc.date.available2021-08-05T22:37:06Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/8499
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador cuya denuncia fue interpuesta ante la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi - Arequipa, por el señor Wilber Lopez Salazar contra la empresa financiera Banco Ripley S.A por presunta infracción a los artículos 19° y 24° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. El denunciante refiere que la empresa le habría incrementado en S/ 40.00 su cuota N° 38, por lo que procedió a registrar su reclamo en el Libro de Reclamaciones. Luego de 120 días, el denunciando no había atendido su reclamo, asimismo, el denunciante se apersonó a otra entidad financiera a solicitar un crédito y dicha entidad le informa que el denunciante se encontraba registrado en una central de riesgo y razón por la cual interpuso su denuncia. La comisión de protección al consumidor declaró en rebeldía a Banco Ripley S.A., posteriormente el denunciado se incorporó al procedimiento sin presentar descargos contra los cargos imputados. La comisión de Protección y Defensa del Consumidor declaro infundado la denuncia en relación a la presunta infracción al artículo 19° del código, toda vez que no quedo acreditado que el denunciado haya adicionado un monto adicional a la cuota fijada. Por otro lado, declaro fundada la denuncia en relación a la infracción al artículo 24° del código, toda vez que se acreditó que el denunciado no atendió el reclamo, asimismo, ordenó al denunciado en calidad de medida correctiva que cumpla con dar respuesta al reclamo en el plazo de cinco (5) días hábiles y sancionó con 01 UIT por la infracción al artículo 24° del código. La Sala especializada en Protección al consumidor resolvió el recurso de apelación interpuesto por el denunciante, declarando la nulidad parcial de la resolución emitida por la Comisión por vulneración al principio de congruencia procesal, toda vez que no se imputó y pronunció respecto a la presunta discrepancia entre la fecha de pago de las cuotas establecidas en el cronograma y las fechas en las que efectivamente se realizó el pago. Además, confirma la resolución emitida por la Comisión en relación a que declaró infundada la presunta infracción del artículo 19° contra el denunciado. La comisión, admite a trámite la denuncia en relación a la imputación señalada por la Sala. El denunciado presenta su descargo señalando que el cronograma nunca sufrió una modificación y que el Banco cuenta con un software el cual se encarga del abono correspondiente a las cuotas mensuales, y que el denunciante habría pagado sus cuotas fuera del plazo de vencimiento por lo cual se generó los intereses moratorios. La Comisión resolvió declarando Infundada la denuncia en relación a la presunta infracción del artículo 19° del Código, toda vez que quedó acreditado que las fechas de pago de las cuotas del crédito correspondían a las fechas en las que efectivamente se pagó. La Sala Especializada en Protección al Consumidor resolvió el recurso de apelación interpuesto por el denunciado y Revoco la resolución emitida por la Comisión que declaró infundada y reformándola declaro Fundada la denuncia.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent139 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectDenunciaes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 067-2014/CPC-INDECOPI-AQP
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni47236857
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorTabra Ochoa, Edison Paul
renati.jurorCasanova Olórtegui, Silvana
renati.jurorMolina Dimitrijevich, Alexandra Miroslava
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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