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dc.contributor.authorCabrera Rimachi, Martin Gustavo
dc.date.accessioned2021-07-16T19:34:29Z
dc.date.available2021-07-16T19:34:29Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/8405
dc.description.abstractEn el presente informe se evalúa un proceso judicial de desalojo por ocupante precario, demanda interpuesta el día 12 de julio del año 2011, sobre un inmueble ubicado en el distrito, provincia y departamento de Piura, la misma que se interpone por la Empresa de servicios y Repuestos Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, debidamente representada por la Sra. Myrna Elizabeth Velásquez Temoche y el Sr. Rafael Enrique Cuglievan del Campo, quienes reclaman el inmueble por los derechos adquiridos en su calidad de copropietarios (incluso desde antes del contrato que justifica la parte demandada), frente a la emplazada, empresa Industrias A.V.C E.I.R.L representada por la Sra. Claudia Patricia Vásquez Franco, quien viene poseyendo en calidad de arrendataria. De esta manera los demandantes exigen el desalojo por no reconocer el contrato que justifica la empresa demandada, ya que el mismo jamás acreditó la aceptación de los demandantes. De esta forma dándole solución a su litigio, el Cuarto Juzgado Civil de Piura declara en primera instancia, infundada la demanda por considerar que la demandada en razón al titulo que presenta no tiene la condición de ocupante precario como señalan los demandantes, sino de un contrato de arrendamiento a plazo indeterminado quedando zanjado que no les exime de requerir extrajudicialmente a la arrendataria la desocupación del bien por haber asumido la titularidad de copropietarios. Es así que los demandantes apelan la sentencia y la Segunda Sala Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura, resuelve revocar la sentencia y declarar fundada la demanda, por tanto, exige el desalojo por parte de la demandada. Posteriormente, la demandada interpone recurso de casación el mismo que es resuelto por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la República, la que resolvió fundado el recurso de casación, declarando nula la sentencia de vista y dispuso que se emita una nueva resolución. Finalmente, la Segunda Sala Especializada Civil de Piura emite la sentencia de segunda instancia, resolviendo revocar la sentencia contenida en la resolución N°07 (primera instancia), y declara improcedente la demanda.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent171 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso judiciales_PE
dc.subjectDesalojoes_PE
dc.subjectPosesión precariaes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Civil N° 02336-2011-0-2001-JR-CI-C4es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni46660476
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorMontero Ordinola, Gustavo Enrique
renati.jurorAhomed Chávez, Omar Abraham
renati.jurorTanillama Loayza, Jorge Luis
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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