Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorRamos Velarde, Sabina Mercedes
dc.date.accessioned2021-07-13T22:22:16Z
dc.date.available2021-07-13T22:22:16Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/8354
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador en materia de protección al consumidor. La denuncia fue interpuesta ante la Secretaría Técnica de Protección al Consumidor N° 1 del INDECOPI por el señor Luis Enrique Jesús Alberto Castillo Narrea contra Scotiabank Perú S.A.A., Banco de Crédito del Perú S.A., Banco Ripley Perú S.A., Citibank del Perú S.A., Isaías Héctor Salvador Chávez, Saga Falabella S.A., Karen Viviana Casa Castro, Eckerd Perú S.A. y Agronegocios Venturosa S.A. por presunta infracción de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. El denunciante manifestó que el 21.04.2013 fue víctima de un asalto en el cual perdió su documento de identidad y cuatro tarjetas de crédito, las cuales bloqueó posteriormente; sin embargo, no recibió por parte de los bancos alguna comunicación a través de la cual se le alertara de la realización de consumos con cargo a sus tarjetas de crédito; permitiendo así que se efectuaron los mismos. Adicionalmente, indicó que en los establecimientos en los cuales se realizaron los consumos no se implementaron las medias de seguridad mínimas para verificar la identidad de la persona que portaba las tarjetas de crédito. En sus descargos los bancos indicaron que las tarjetas de crédito del denunciante se encontraban activas al momento de realizarse los consumos, dado que no se había cumplido con bloquear las mismas de manera oportuna, por lo que ellos no eran responsables de dichos consumos. Por otro lado, en sus escritos de descargo los establecimientos comerciales indicaron que, de la revisión de los vouchers de pago, se desprendía que el número y la firma que se consignaban en estas eran similares a las consignadas en el documento de identidad del denunciante. El expediente analizado contiene materias jurídicas relevantes tales como los deberes de información e idoneidad de los proveedores, la responsabilidad administrativa de los bancos y establecimientos comerciales, medidas correctivas, graduación de la sanción pecuniaria, entre otros. La Comisión de Protección al Consumidor N° 01 resolvió declarar Infundada la denuncia interpuesta contra Scotiabank Perú S.A.A, Banco de Crédito del Perú S.A., Banco Ripley del Perú S.A., Banco Citibank del Perú S.A., Isaías Héctor Salvador Chávez y Karen Viviana Casa Castro, por presunta infracción a los artículos 18° y 19° de la Ley 29571, en la medida que no quedó acreditado que los bancos no adoptaron las medidas de seguridad pertinentes, a fin de detectar y alertar al denunciante sobre los consumos realizado con cargo a sus tarjetas de crédito, y en la medida que no quedó acreditado que los establecimientos comerciales cumplieron con verificar la identidad de la persona que realizó los consumos con cargo a estas tarjetas. La Sala Especializada en Protección al Consumidor declaró la nulidad parcial de la resolución, al haberse verificado que vulneró los principios de congruencia y debida motivación al omitir pronunciarse respecto de la responsabilidad del proveedor en relación a la adopción de medidas de seguridad pertinentes, a fin de detectar y alertar al denunciante sobre operaciones sospechosas y confirmó la misma en el extremo que declaró infundada la denuncia en contra de Isaías Héctor Salvador Chávez y Karen Viviana Casa Castro. A raíz de esto, la Comisión de Protección al Consumidor N° 01 emitió nuevo pronunciamiento donde declaró infundada la denuncia interpuesta en contra de Scotiabank Perú S.A.A en referencia al extremo en cuestión. No obstante, la Sala Especializada en Protección al Consumidor revocó esta resolución y la declaró Fundada, toda vez que se verificó que Scotiabank Perú S.A.A. sí omitió adoptar las medidas de seguridad ofrecidas para detectar y alertar al denunciante sobre la realización de operaciones sospechosas con cargo a su tarjeta de crédito.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent309 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectProceso administrativaes_PE
dc.subjectDenunciaes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 697-2013/CC1es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni72532183
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorGuzmán Halberstadt, César Armando
renati.jurorCasanova Claros, Mariela Lourdes
renati.jurorVelásquez Peláez, Juansebastián
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

info:eu-repo/semantics/openAccess
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess