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dc.contributor.authorCueva Napán, Emilia Basilides
dc.date.accessioned2021-07-08T20:10:20Z
dc.date.available2021-07-08T20:10:20Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/8338
dc.description.abstractEn el presente Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo cuya solicitud fue peticionada por la señora Primitiva Octavia Trujillo Paredez ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), a fin de inscribir su Declaración de Unión de Hecho reconocida vía judicial, a través de la Resolución N.º 15 de fecha 28.01.2014, expedida por el Cuarto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, la misma que fue confirmada por la Segunda Sala Especializada en Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el Registro de Predios; Partida Electrónica N.º 46646975, es decir realizar el traslado de inscripción de la Declaración Judicial de Unión de Hecho en el Registro de Predios, Sin embargo, la registradora lo observó, considerando que no procede efectuar la inscripción en el Registro de Predios, pues advierte que el Oficio remitido por la Juez del Cuarto Juzgado de Familia de la CSJL disponía la inscripción del acto indicado en el Registro Personal, la misma que ya había sido ejecutada, indicando que para proceder con lo peticionado, se debe presentar el mandato del Cuarto Juzgado de Familia de la CSJL disponiendo la inscripción del Reconocimiento de Unión de Hecho en el Registro de Predios. Al apelar la observación de la registradora, fundamentándola en el Principio de Similitud y Analogía con relación al Procedimiento de inscripción de Sucesiones Intestadas se puede trasladar al Registro Predial la petición de la parte interesada, sin necesidad de otro mandato judicial, siendo preciso señalar que el Expediente N.º 06901-2013 del Cuarto Juzgado de Familia de la CSJL se encuentra archivado definitivamente y el desarchivamiento ocasionaría tiempo incierto y gastos innecesarios, así como el peligro de no subsanar la observación dentro del plazo de vencimiento del Título solicitado, entre otros fundamentos expuestos. El expediente contiene materias jurídicas relevantes como el concepto de unión de hecho, caracteres, regímenes patrimoniales, entre otros. Finalmente, el Tribunal Registral señaló que no es necesario contar con un parte judicial expreso dirigido al registrador, como fue solicitado por la registradora, concluyendo que la declaración judicial de una Unión de Hecho constituye título para inscribir en el Registro de Predios.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent39 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectInscripción declaración judiciales_PE
dc.subjectUnión de hechoes_PE
dc.subjectVia judiciales_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo Nº 762465
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni70777241
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorChunga Chávez, Carmen Flor de María
renati.jurorTarrillo Monteza, Daniel Edward
renati.jurorBalarezo Reyes, Emilio José
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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