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dc.contributor.authorParedes Cardenas, Joanie Elizabeth
dc.date.accessioned2021-06-25T17:25:22Z
dc.date.available2021-06-25T17:25:22Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/8261
dc.description.abstractEl presente Informe Jurídico analiza un proceso civil de Indemnización por Daños y Perjuicios, el mismo que inicio con la interposición de la demanda sobre indemnización por responsabilidad contractual por la ciudadana Martha Paulina Infante Beingolea en contra de la Universidad Nacional San Cristobal de Huamanga. La demandante solicito se cumpla con abonarle la suma de S/. 250,000.00 (Doscientos Cincuenta Mil y 00/100 Soles) como monto resarcitorio debido al cumplimiento tardío de la obligación de promoción de categoría. Por su parte, la demandada señaló que actúo en cumplimiento de lo establecido en los instrumentos normativos de la Universidad, lo que no podría acarrear algún tipo de sanción, por otro lado, indicó que no existiría algún incumplimiento contractual, en ese sentido, el pedido de la demandante debe ser declarado infundado. El expediente analizado contiene materias jurídicas relevantes, tales como: obligaciones, contratos, responsabilidad civil, entre otros. En una primera instancia el Juzgado Especializado en lo Civil de Huamanga, resolvió declarar improcedente la demanda, ya que, lo actos fueron efectuados por el Consejo de la Universidad, en ese sentido, la demanda debió ser interpuesta contra dicho órgano administrativo, siendo que la Universidad no tendría legitimidad para obrar pasiva. No contenta con ese dictamen la demandante presentó un Recurso de Apelación, el mismo que fue resuelto por la Sala Civil de Huamanga señalando que el fallo del Segundo Juzgado es Nulo por no haber desarrollado fundamentos de fondo, por lo tanto se devolvió el expediente al A quo, emitiéndose una nueva sentencia mediante la cual se declaró fundado el pedido de la recurrente, no obstante, al no haber acreditado los daños sufridos, dicho órgano jurisdiccional le otorgo una reparación menor a la solicitada, la misma que fue impugnada por la demandante y por la demandada, siendo ello así, la Sala Civil de Huamanga confirmó en parte la sentencia y la reformo respecto al monto otorgado. La recurrente interpuso Recurso de Casación, siendo declarada improcedente por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent186 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectIndemnizaciónes_PE
dc.subjectDaños y perjuicioses_PE
dc.subjectResponsabilidad contractuales_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Civil Nº 00287-2012
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni48126892
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorMontero Ordinola, Gustavo Enrique
renati.jurorEspinoza Rangel, José Carlos
renati.jurorTuesta Silva, Wilder
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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