Informe Jurídico de Expediente Civil Nº 00287-2012
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Fecha
2020Autor(es)
Paredes Cardenas, Joanie Elizabeth
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El presente Informe Jurídico analiza un proceso civil de Indemnización por Daños
y Perjuicios, el mismo que inicio con la interposición de la demanda sobre
indemnización por responsabilidad contractual por la ciudadana Martha Paulina
Infante Beingolea en contra de la Universidad Nacional San Cristobal de
Huamanga. La demandante solicito se cumpla con abonarle la suma de S/.
250,000.00 (Doscientos Cincuenta Mil y 00/100 Soles) como monto resarcitorio
debido al cumplimiento tardío de la obligación de promoción de categoría. Por
su parte, la demandada señaló que actúo en cumplimiento de lo establecido en
los instrumentos normativos de la Universidad, lo que no podría acarrear algún
tipo de sanción, por otro lado, indicó que no existiría algún incumplimiento
contractual, en ese sentido, el pedido de la demandante debe ser declarado
infundado. El expediente analizado contiene materias jurídicas relevantes, tales
como: obligaciones, contratos, responsabilidad civil, entre otros. En una primera
instancia el Juzgado Especializado en lo Civil de Huamanga, resolvió declarar
improcedente la demanda, ya que, lo actos fueron efectuados por el Consejo de
la Universidad, en ese sentido, la demanda debió ser interpuesta contra dicho
órgano administrativo, siendo que la Universidad no tendría legitimidad para
obrar pasiva. No contenta con ese dictamen la demandante presentó un Recurso
de Apelación, el mismo que fue resuelto por la Sala Civil de Huamanga
señalando que el fallo del Segundo Juzgado es Nulo por no haber desarrollado
fundamentos de fondo, por lo tanto se devolvió el expediente al A quo,
emitiéndose una nueva sentencia mediante la cual se declaró fundado el pedido
de la recurrente, no obstante, al no haber acreditado los daños sufridos, dicho
órgano jurisdiccional le otorgo una reparación menor a la solicitada, la misma
que fue impugnada por la demandante y por la demandada, siendo ello así, la
Sala Civil de Huamanga confirmó en parte la sentencia y la reformo respecto al
monto otorgado. La recurrente interpuso Recurso de Casación, siendo declarada
improcedente por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia.