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dc.contributor.authorMacetas Aparcana, Guillermo Máximo
dc.date.accessioned2021-05-05T19:40:11Z
dc.date.available2021-05-05T19:40:11Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/7752
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador cuya denuncia fue interpuesta mediante oficio por la Secretaria Técnica de la comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal de la Oficina Regional del Indecopi Junín, contra Valle Grande Contratistas Consultores Generales EIRL al imputarle la presunta comisión de actos de competencia desleal por la infracción del principio de legalidad publicitario supuesto previsto en el literal e) del artículo 17°3) del Decreto Legislativo N° 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal. Asimismo, el denunciante en su apersonamiento al procedimiento y en sus argumentos de descargos, alega que el diario El Correo no le dio las indicaciones o la información relevante en la cual debería contener su anuncio publicitario y además no obtuvo ningún beneficio ilícito de las ventas de los inmuebles publicitados en su anuncio. El expediente analizado contiene materias jurídicas relevantes tales como la infracción a los actos contra el principio de legalidad, criterios para la determinación de responsabilidad en la publicidad y la interpretación de la publicidad, entre otros. La comisión de la Oficina Regional del Indecopi Junín, resolvió declarar, Fundada la imputación que formulo la secretaria técnica contra valle grande por la infracción al principio de legalidad de acuerdo al supuesto previsto en el artículo 17°.3) literal e), del Decreto legislativo N° 1044, bajo el fundamento de que al advertir el anuncio publicitario cuestionado, un consumidor entendería que valle grande ofrecía la venta al crédito de inmuebles, los cuales serían financiados por el BBVA, por lo que la obligación establecida en el literal e) del artículo 17°3) del Decreto Legislativo N° 1044 le era exigible ya que ofrecía directamente a los consumidores bienes con venta al crédito, asimismo del análisis integral del anuncio difundido por Valle Grande, se desprendía que había consignado como característica principal e inherente a su oferta que sus bienes inmuebles podían ser adquiridos a crédito. La Sala de Defensa de la Competencia revocó la Resolución emitida por la comisión y en consecuencia declaro Infundada la imputación hecha mediante oficio por parte de la secretaria técnica, dado que el anuncio publicitario no contenía venta al crédito de inmuebles por ello no había cometido una acto de competencia desleal bajo la infracción a los actos contra el principio de legalidad.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent63 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectRepresiónes_PE
dc.subjectCompetencia desleales_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N ° 001-2014/CCD-INDECOPI-JUNes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni42785508
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorLozano Hernández, Julio Lozano
renati.jurorRomero Arteaga, Michel Alonso
renati.jurorLiendo Miranda, Claudia Elisa
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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