Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 888-2015/CC2
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2020Author(s)
Trillo Mendoza, Fiama Jackeline
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En el Informe Jurídico se analiza un Procedimiento Administrativo Sancionador. La denuncia fue presentada por el señor Guillermo Adalberto Vega Almeyda contra la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples El Chorrillano S.A.C., IB Group S.A.C., y la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Rehabilitadora Ltda. 24, ante la Comisión de Protección al Consumidor por presunta infracción a los artículos 1°.1. literal b), 2°, 18° y 19° de la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Se reflexiona sobre las normas de protección al consumidor, el concepto de consumidor y las relaciones de consumo con cada proveedor denunciado, así como el marco constitucional desde el cual parte la protección al consumidor y la conciliación como mecanismo para poner fin a una controversia.
La problemática jurídica se centra en demostrar si el denunciante presenta la condición de consumidor final y si existe relación de consumo con cada uno de los denunciados, a fin de determinar si se prestó un servicio idóneo y por tanto, establecer la responsabilidad administrativa de los proveedores. Se determinó la existencia de responsabilidad por parte de IB Group S.A.C. al no haber cumplido con responder el reclamo del denunciante,
La Comisión de Protección al Consumidor declaró Fundada la denuncia contra IB Group S.A.C. e Infundada contra la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples El Chorrillano S.A.C. por haber llegado a un Acuerdo Conciliatorio que pudo fin a la controversia. Finalmente, la Sala de Protección al Consumidor confirmó lo resuelto en primera instancia.