Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 257-2017/CC2
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Fecha
2020Autor(es)
Susanibar Valladares, Jesús Rafael
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En el Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador de Protección al Consumidor. La denuncia es presentada por la señora Saly Gonzales Rodriguez contra Supermercados Peruanos S.A y La Calera S.A.C, por presunta infracción a las normas del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La denunciante manifiesta que luego de adquirir un paquete de huevos de codorniz de la marca La Calera S.A.C. en Plaza Vea, se percata en su casa que los huevos se encontraban en estado de descomposición, llenos de gusanos y expedían un fuerte olor a podrido y que luego de presentar su reclamo en Plaza Vea, procedieron a devolverle el importe de su compra. Por su parte, Plaza Vea negó tener responsabilidad alguna indicando que no existe evidencia que los productos materia de la denuncia (huevos) se habrían adquirido en uno de sus establecimientos, y que luego de someter el producto a un análisis de laboratorio, estos se encontraban abiertos, siendo posible su manipulación y alteración por parte de terceros. Del mismo modo, La Calera S.A.C. solicitó la presentación y exhibición de las boletas electrónicas originales y también señaló que un mismo lote de huevos de codorniz había sido distribuido a diversos clientes a nivel nacional, no habiendo recibido reclamo alguno y, que si el producto hubiera presentado gusanos como lo indica la denunciante, ello habría sido visible al momento de la compra.
En el Informe Jurídico se analizan conceptos como la relación de consumo, el deber de idoneidad, la responsabilidad administrativa del proveedor, medidas correctivas, graduación de la sanción pecuniaria, entre otros.
La Comisión de Protección al Consumidor N° 2 del INDECOPI resolvió declarar Fundada la denuncia en contra de Supermercados Peruanos S.A y La Calera S.A.C. La Sala Especializada en Protección al Consumidor revocó la Resolución de la Comisión, en el extremo que declaró fundada la denuncia contra Supermercados Peruanos S.A., declarando Infundada la denuncia por falta de interés para obrar de la denunciante, habiéndose acreditado que Supermercados Peruanos S.A. efectuó la devolución del importe pagado por los productos objetos de la denuncia antes de su interposición.