La cuestión de confianza colectiva voluntaria como supuesto habilitante de la disolución presidencial del congreso y el excesivo empoderamiento al presidente de la república en nuestro disfuncional modelo de gobierno. A propósito de la sentencia Nº 00006-2018-pi/tc
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Fecha
2018Autor(es)
Hernández Chávez, Pedro Alfredo
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A raíz de los lamentables sucesos de conocimiento público que pusieron en evidencia un conjunto de actos de corrupción que afectó a altos miembros de la Magistratura y a los integrantes del órgano constitucional encargado de nombrar a los jueces y fiscales; el 28 de julio de 2018 el Presidente de la República propuso al Congreso y a la ciudadanía la aprobación de diversas medidas de reforma del sistema político y lucha contra la corrupción, por medio de un referéndum. La formalización de ello tuvo lugar a través del Oficio Nº 257-2018-PCM/DPCM de la misma fecha, cursado por el Presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva, al Presidente del Congreso de la República. De los documentos, es posible desprender dos cosas importantes: i.) la cuestión de confianza planteada tenía como propósito configurar la causal habilitante contemplada en el Art. 134 de la Constitución de 1993 a fin de viabilizar la disolución del Congreso de la República; y ii.) parecería que el objeto de la cuestión de confianza era la aprobación de cuatro (04) proyectos de ley de reforma constitucional que, según el Ejecutivo, materializaban los ejes 1 (integridad y lucha contra la corrupción) y 2 (fortalecimiento institucional para la gobernabilidad de nuestro país) de la Política General del Gobierno, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM del 23.05.2018.