Informe jurídico sobre expediente Nº 6323-2021-0-1801-JR-DC-09
View/ Open
Trabajo
(application/pdf: 1.559Mb)
(application/pdf: 1.559Mb)
Autorización
(application/pdf: 212.5Kb)
(application/pdf: 212.5Kb)
Similitud
(application/pdf: 979.2Kb)
(application/pdf: 979.2Kb)
Acta
(application/pdf: 14.34Kb)
(application/pdf: 14.34Kb)
Date
2024Author(s)
Chavez Huaman, Angel Armando Alejandro
Juror(s)
Romero Arteaga, Michel Alonso
Cabrera Sánchez, Alexandra
Sotomayor Berrocal, Javier Angel
Cabrera Sánchez, Alexandra
Sotomayor Berrocal, Javier Angel
Metadata
Show full item recordAbstract
En el presente informe será analizado el proceso de amparo seguido por R.M.V. contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), el cual fue promovido con el fin de que se declare judicialmente la nulidad de las resoluciones administrativas que rechazaron la solicitud de inscripción de nacimiento de sus menores hijos ―quienes fueron concebidos en el marco de un procedimiento de maternidad subrogada en los Estados Unidos―. El demandante intentó registrar a sus hijos con sus propios apellidos, ya que identidad de la madre biológica no era conocida ni conocible. No obstante, la entidad desestimó tal pedido argumentando que la normativa aplicable no le permitía al padre, bajo ningún contexto, registrar el nacimiento de sus hijos prescindiendo de los apellidos de la madre. La demanda de amparo fue presentada por R.M.V. alegando la vulneración del derecho a la nacionalidad e identidad de sus hijos a partir de un trato discriminatorio por parte del RENIEC, toda vez que una madre sí puede inscribir a sus hijos con sus propios apellidos. La pretensión del demandante fue desestimada por el juez de primera instancia debido a que la sentencia extranjera que lo reconoce como el padre legal de los menores no había sido homologada a través del proceso no contencioso conocido como exequatur. Esta decisión fue apelada por la parte accionante, pero confirmada por la Sala Superior mediante argumentos similares, aunque se corrigió la calificación de la demanda de infundada a improcedente. Ante ello, R.M.V. interpuso un recurso de agravio constitucional contra la sentencia de segunda instancia, elevando la causa a conocimiento del Tribunal Constitucional. Este alto colegiado declaró fundada la demanda al advertir que, en efecto, la norma jurídica aplicada para desestimar la solicitud del demandante partía de un trato discriminatorio. Asimismo, se le ordenó al RENIEC que le concediera el registro de nacimiento a los menores.
Collections
Subject
Publisher
Universidad de San Martín de Porres
Type of research
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Rights
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notes
Modalidad de obtención de grado y título sin designación de asesor