Informe jurídico sobre expediente N° 926-2020/CC1
Abstract
El presente informe jurídico, se analiza el expediente administrativo N° 0926-
2020/CC1, cursado ante INDECOPI, debido a la denuncia presentada por C
contra I, por cual se imputó como presunta infracción al deber de idoneidad la
negativa injustificada del seguro de tránsito (Soat). Asimismo, el denunciado señaló que no existió infracción, porque en el momento que la Sra. C solicito la indemnización del seguro figuraba como soltera ante el Registro de Identificación (Reniec), ya que conforme el art. 3° de su “Reglamento de Inscripciones”, los matrimonios son hechos inscribibles y su inscripción en el registro es obligatoria.
Siendo así, la Autoridad Administrativa realizando una ponderación entre el art.
33°, 34° del Reglamento del Soat y el art. 3° del Reglamento de Inscripciones de
Reniec. Declaró fundada la denuncia interpuesta contra I por infracción al Código
de Consumidor en primera instancia y en segunda confirmó la sanción impuesta,
sin modificar las medidas correctivas dispuestas. En consecuencia, se analizará la aplicación del CPDC, Código Civil, la Constitución vigente y los principios del Contrato de Seguro, en base a los medios probatorios aportados por los administrados en el procedimiento.