Informe jurídico sobre expediente N° 17373-2022
Abstract
El presente caso está relacionado con un procedimiento administrativo sancionador, iniciado contra la empresa denominada Mr. Juerga Disco Club, por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Dicha empresa recibió una multa, porque al realizarse una inspección municipal, se observó que no estaban tomado medidas de prevención para el contagio del SARS Cov2 como son el distanciamiento social o el uso obligatorio de mascarilla. La empresa presentó sus descargos señalando que, se habrían realizado las subsanaciones correspondientes y que dicha medida no era proporcional ni tenía una debida motivación, siendo estos elementos importantes, para la validez de un Acto Administrativo. La Municipalidad ordenó que se imponga una multa del 25% de la UIT a través de la Resolución Gerencial Nº 161-2022, siendo dicha Resolución apelada, por lo que se llevó a una segunda instancia administrativa. En dicho Recurso de Apelación se señaló que, no había una debida motivación y que no se había tomado en cuenta que se subsanaron las observaciones presentadas. La Municipalidad, mediante Resolución de Alcaldía Nº 201-2023 declaró infundado dicho Recurso de Apelación, señalando que la empresa estaría correctamente sancionada, conforme a los requisitos de validez del TUO de la Ley Nº 27444. Dicho expediente es relevante porque pone en discusión, las atribuciones de las municipalidades para sancionar a los privados en pos del bien común. Además, de abarcar elementos importantes en el derecho administrativo, los cuales deben ser analizados para determinar si dicho procedimiento fue conducido conforme a Ley.