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dc.contributor.authorMotta Carvallo, Giannina Carmen
dc.date.accessioned2024-07-09T14:58:53Z
dc.date.available2024-07-09T14:58:53Z
dc.date.issued2024
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/14399
dc.description.abstractEn el presente informe se analizará el procedimiento administrativo sancionador seguido ante la Contraloría General de la República contra tres (3) funcionarios de una universidad nacional, por haber incurrido en las conductas infractoras consistentes en: (i) actuar de forma parcializada dentro de los procedimientos que sigan con ocasión de su función; (ii) contravenir las disposiciones que regulan el régimen de ingresos, remuneraciones, dietas o beneficios de cualquier índole de los funcionarios; establecidos en los numerales 9 y 23 del artículo 46° de la Ley N° 31288, que modificó la Ley N° 27785 – Ley del Sistema Nacional de Control. Mediante Resolución de fecha 05 de agosto de 2022, el Órgano Instructor decide dar inicio al procedimiento en cuestión atribuyéndole a los funcionarios el haber beneficiado con una compensación económica indebida a los docentes que desempeñaban encargaturas de rector y vicerrectores, en contraposición de las opiniones emitidas al respecto por SERVIR, ocasionando un perjuicio equivalente a la suma de S/ 107,214.23 (Ciento siete mil doscientos catorce y 23/100 Soles). En base a estos hechos, el Órgano Sancionador encontraría responsabilidad administrativa contra los funcionarios, emitiendo la Resolución N° 000012-2022-CG/OSAN, de fecha 04 de noviembre de 2022, por la cual se les sancionaría con inhabilitación para el ejercicio de la función pública; decisión que sería materia de recurso de apelación. En su recurso, el Director General de Administración (funcionario responsable de aprobar el beneficio en cuestión) alega que el pago otorgado a los docentes se encontraría conforme a Ley debido a que las opiniones emitidas por SERVIR no tendrían carácter vinculante. Asimismo, los otros funcionarios solicitaron se les exima de responsabilidad puesto que su conducta habría sido objeto de una orden obligatoria emitida por autoridad competente. Con voto en mayoría, el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas resuelve absolviendo de responsabilidad a los dos funcionarios amparando el eximente de responsabilidad alegado. Respecto al Director General de Administración, se declaró fundada en parte su apelación, reduciendo la sanción por el periodo de un año de inhabilitación para el ejercicio de la función pública.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent81 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProcedimiento administrativo sancionadores_PE
dc.subjectInfracciones administrativases_PE
dc.subjectCompensación económica indebidaes_PE
dc.subjectInhabilitaciónes_PE
dc.titleInforme jurídico sobre expediente N° 0018-2022-CG/INSAR/PASes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni07264127
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorAbanto Revilla, César Efraín
renati.jurorZavalaga Ortiz, Carmen Elena
renati.jurorRivera Maguiña, Mónica Carolina
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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