Informe jurídico sobre expediente N° 00643-2019-0-1706-JP-LA-01
Abstract
En este informe jurídico, se estudia un proceso abreviado, la demanda interpuesta
por el señor G.S.D contra su empleador N PERU S.A, solicitando el pago de
asignación familiar y el reintegro de beneficios sociales desde el año 2002 hasta el
2012, manifestando que el derecho de Asignación Familiar de acuerdo a la Ley
25129, son para trabajadores con carga familiar y que no se encuentren
sindicalizados.
Con respecto a la PRIMERA INSTANCIA, en su primer punto, se señala que el
demandante pertenecía al Sindicato, pero que en el convenio colectivo no tenía
amparada este derecho, por lo que al demandante no se le podía excluir de dicha
ley; en el segundo punto, se determina que se le otorga al trabajador un monto
dinerario de S/33 419.32, en el convenio de resolución; a consideración del juez,
ese pago se dio como liberalidad, siendo así los montos acordados en el mutuo
disenso independientes de los beneficios sociales, Resolviendo declarar Fundada
la Demanda en parte, obligando a la demandada pagarle dicho monto al trabajador.
En SEGUNDA INSTANCIA, se concluye que los S/33 419.32 fue otorgado en la
liquidación de beneficios sociales bajo la denominación “compensación art 57 DL
650”, por lo tanto, fue entregado a título de liberalidad e incondicionalmente, al ser
un monto compensable mayor al monto de la pretensión de la demanda, se daría
por compensada la deuda de asignación familiar, finalmente se resuelve revocar la
sentencia apela, declarando infundada la demanda.