Informe jurídico sobre expediente N° 09487- 2019-0-1801-JR-PE-11
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Fecha
2024Autor(es)
Sanchez Barrientos, Escarly Marcela
Jurado(s)
Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Rosas Yataco, Jorge
Jiménez Bernales, Juan Carlos
Rosas Yataco, Jorge
Jiménez Bernales, Juan Carlos
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente informe jurídico analiza el Expediente Nº 09487-2019, que da cuenta del
proceso penal seguido en contra del ciudadano de iniciales B.J.W.L por la presunta
comisión del delito contra El Patrimonio -Robo Agravado- previsto en el Artículo 188º
(tipo base) del Código Penal con las agravantes establecidas en el inciso 3), 4) y 7) del
Artículo 189º del Código en mención, en agravio del ciudadano septuagenario de iniciales
M.E.L, hechos acontecidos con fecha 05 de octubre de 2019 en el Distrito de San Isidro,
investigación que estuvo a cargo inicialmente de la Segunda Fiscalía Provincial Penal del
Distrito Fiscal de San Isidro.
Con fecha 06 de octubre de 2019 la representante del Ministerio Público formaliza la
denuncia penal y, aunado a ello solicita se dicte mandato de prisión preventiva en contra
del investigado por el plazo de nueve meses, requerimiento que es declarado fundado por
el Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, fijando como
plazo 5 meses de prisión preventiva.
Posterior a ello, la Novena Fiscalía Superior Penal de Lima emite dictamen acusatorio, a
través del cual solicita se imponga una pena privativa de libertad de doce años y fijó la
suma de doscientos mil soles como concepto de reparación civil en favor del agraviado.
En razón a ello se llevó a cabo la audiencia de juicio oral (desarrollada en 3 sesiones), en
la cual el citado procesado se declaró culpable aceptando los cargos impuestos en su
contra, por lo que mediante Resolución de fecha 09 de setiembre de 2020 se emitió la
Sentencia de Conclusión Anticipada por el delito de Robo Agravado imponiéndose una
pena de diez años con cuatro meses de pena privativa de libertad efectiva y se fijó en siete
mil soles el monto por concepto de reparación civil.
La defensa del sentenciado interpone recurso de nulidad solicitando una disminución en
la pena impuesta, así como en la reparación civil y que la misma sea fijada acorde a los
ingresos económicos del condenado.
Finalmente, el citado recurso impugnatorio es concedido y se ordena se eleven los autos
al superior jerárquico. La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República a
través del Recurso de Nulidad Nº 201-2021/LIMA de fecha 29 de abril de 2022 declara
haber nulidad en el extremo de la pena, reformándola a ocho años de pena privativa de
libertad y declara no haber nulidad en referencia al extremo del monto por concepto de
reparación civil.
Colecciones
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor