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dc.contributor.advisorTrujillo Peralta, Corina
dc.contributor.authorChavez Mora, Fabricio Francisco
dc.date.accessioned2024-02-26T20:46:25Z
dc.date.available2024-02-26T20:46:25Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/13246
dc.description.abstractAntes del 27 de julio de 2015, los casos de homicidios motivados por un móvil económico eran tipificados sin excepción en la figura de homicidio por lucro. En efecto, el que mataba a otro para obtener una ganancia o beneficio lucrativo recibía una pena no menor de quince años, de conformidad legal del art. 108. 1 del Código Penal. No obstante, con el devenir del desarrollo social y con ello las nuevas formas de delincuencia, el Ejecutivo vio necesario incorporar una nueva figura penal que sirviera como barrera de contención para reprimir a la delincuencia organizada de manera autónoma, distinta a la clásica delincuencia de sangre. Una de esas medidas fue la incorporación del delito de sicariato en el Código Penal mediante el D. Leg. N° 1181, del 27 de julio de 2015. A través de este delito, se sanciona a quien “asesina a un ser humano por mandato de otro, con la intención de obtener lucro económico o de cualquier tipo” (art. 108-C), y es sancionado con una pena no menor de veinticinco años, si es que no intervienen para su comisión miembros de organizaciones criminales, condición que de cumplirse llevaría hasta la cadena perpetua. El Código Penal, entonces, tuvo cambios significativos que ocasionaron nuevas formas de interpretar los tipos penales y subsumir conductas vinculadas a delitos clásicos; no obstante, su incorporación, como se podrá advertir, generó ciertos inconvenientes, precisamente en la labor de interpretación y en consecuencia de subsunción de conductas. Esto último ha repercutido en la eficacia del delito de homicidio por lucro, situación que nos ha llevado a sostener, como principal hipótesis, que no es posible, atendiendo a la redacción actual de ambos tipos penales, es necesario hacer una precisión en la redacción del tipo de homicidio por lucro. A partir de esto, consideramos adecuado efectuar una propuesta de lege ferenda en pro de su justa aplicación en atención a la voluntad del Ejecutivo plasmada en el mencionado D. Leg. N° 1181, respecto al delito de sicariato.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent85 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectSicariatoes_PE
dc.subjectHomicidio por lucroes_PE
dc.subjectPrincipio de favorabilidades_PE
dc.subjectHomicidios por encargoes_PE
dc.subjectBeneficio económicoes_PE
dc.subjectPrincipio de legalidad penales_PE
dc.titlePropuesta de modificación del delito de homicidio calificado a fin de dotar de eficacia el delito de sicariato en la legislación penal peruanaes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameMagíster en Derechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho. Unidad de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.advisor.dni09994312
renati.author.dni41599748
renati.discipline421057es_PE
renati.jurorÁlvarez Yrala, Edwar Omar
renati.jurorNuñez Perez, Fernando Vicente
renati.jurorCarrión Diaz, Juan Elias
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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