Propuesta de modificación del delito de homicidio calificado a fin de dotar de eficacia el delito de sicariato en la legislación penal peruana
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Fecha
2023Autor(es)
Chavez Mora, Fabricio Francisco
Asesor(es)
Trujillo Peralta, Corina
Jurado(s)
Álvarez Yrala, Edwar Omar
Nuñez Perez, Fernando Vicente
Carrión Diaz, Juan Elias
Nuñez Perez, Fernando Vicente
Carrión Diaz, Juan Elias
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Antes del 27 de julio de 2015, los casos de homicidios motivados por un móvil económico eran tipificados sin excepción en la figura de homicidio por lucro. En efecto, el que mataba a otro para obtener una ganancia o beneficio lucrativo recibía una pena no menor de quince años, de conformidad legal del art. 108. 1 del Código Penal. No obstante, con el devenir del desarrollo social y con ello las nuevas formas de delincuencia, el Ejecutivo vio necesario incorporar una nueva figura penal que sirviera como barrera de contención para reprimir a la delincuencia organizada de manera autónoma, distinta a la clásica delincuencia de sangre. Una de esas medidas fue la incorporación del delito de sicariato en el Código Penal mediante el D. Leg. N° 1181, del 27 de julio de 2015. A través de este delito, se sanciona a quien “asesina a un ser humano por mandato de otro, con la intención de obtener lucro económico o de cualquier tipo” (art. 108-C), y es sancionado con una pena no menor de veinticinco años, si es que no intervienen para su comisión miembros de organizaciones criminales, condición que de cumplirse llevaría hasta la cadena perpetua. El Código Penal, entonces, tuvo cambios significativos que ocasionaron nuevas formas de interpretar los tipos penales y subsumir conductas vinculadas a delitos clásicos; no obstante, su incorporación, como se podrá advertir, generó ciertos inconvenientes, precisamente en la labor de interpretación y en consecuencia de subsunción de conductas. Esto último ha repercutido en la eficacia del delito de homicidio por lucro, situación que nos ha llevado a sostener, como principal hipótesis, que no es posible, atendiendo a la redacción actual de ambos tipos penales, es necesario hacer una precisión en la redacción del tipo de homicidio por lucro. A partir de esto, consideramos adecuado efectuar una propuesta de lege ferenda en pro de su justa aplicación en atención a la voluntad del Ejecutivo plasmada en el mencionado D. Leg. N° 1181, respecto al delito de sicariato.
Colecciones
- Tesis de maestría [290]
Materias
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess