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dc.contributor.advisorCorrea Zúñiga, César Luis
dc.contributor.authorRuiz Piaggio, Carlos Alberto
dc.date.accessioned2023-11-07T14:24:46Z
dc.date.available2023-11-07T14:24:46Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/12771
dc.description.abstractEl presente estudio tiene su origen en la regulación actual del Procedimiento Administrativo Disciplinario (en adelante PAD) en la ley del Servicio Civil de 2013, toda vez que vendría generando vicios de parcialidad, en la medida que dentro de la tramitación del PAD la secretaría técnica con posterioridad a la precalificación de los actuados y recomendación de la sanción aplicable al servidor civil inmerso en el procedimiento disciplinario continúa teniendo una participación activa y absoluta dentro de la primera instancia del PAD, situación que restaría imparcialidad en las decisiones adoptadas por la autoridad administrativa, además, de la vulneración al debido procedimiento. Para el desarrollo de la investigación se ha tenido en cuenta teorías respecto al debido procedimiento, razonabilidad, proporcionalidad y PAD. En cuanto a la metodología, es una investigación cualitativo básica, no-experimental y; descriptiva. Analizados los casos y entrevistas se concluye que la participación activa del secretario técnico a las autoridades del PAD (Instructor y Sancionador), estaría lesionando el debido procedimiento de los servidores civiles ya que los actos administrativos del PAD no tendría el análisis objetivo o la correcta valoración de los medios probatorios, así como de los hechos ocurridos, tampoco se estaría actuando objetivamente en la aplicación de los criterios de graduación y proporcionalidad para aplicar la sanción, ni mucho menos se estaría realizando la correcta aplicación de las normas sustantivas y procedimentales de la Ley del Servicio Civil de 2013.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent132 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProcedimiento administrativo disciplinarioes_PE
dc.subjectSecretaría técnicaes_PE
dc.subjectDebido procesoes_PE
dc.subjectRazonabilidades_PE
dc.subjectProporcionalidades_PE
dc.titleLa vulneración al principio del debido procedimiento administrativo por la desnaturalización de las funciones del secretario técnico en los procedimientos administrativos disciplinarioses_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.advisor.dni42728507
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0003-4256-0834es_PE
renati.author.dni71329652
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorJiménez Silva, Carlos Humberto
renati.jurorAbanto Revilla, César Efraín
renati.jurorRomero Arteaga, Michel Alonso
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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