Informe Jurídico de Expediente Penal N° 79-2020-0-1814-JR-PE-01
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Fecha
2023Autor(es)
Onofre Lamadrid, Jose Luis
Jurado(s)
Pinto Zavalaga, Judith Veronica
Nieto Lazo, Doris Paola
Pueyes Mauriola, Pedro
Nieto Lazo, Doris Paola
Pueyes Mauriola, Pedro
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente informe jurídico basa su estudio con respecto al análisis del proceso
penal signado en el Expediente Judicial N.º 79-2020, que se cursó en contra de
los procesados J.H.C.H., M.C.P.P. y J.E.R.R. coautores del delito contra el
Patrimonio - Robo Agravado en grado de tentativa, en agravio de F.D.F.S., tal
como se desprende del Atestado Policial N.º 11-2020, que, con los recaudos
anexados al mismo, la Primera Fiscalía Provincial Penal de La Victoria – San
Luis formalizó denuncia penal en contra de los precitados por la presunta
comisión delictiva del ilícito penal en cuestión; que, siendo ello así, el Juzgado
Penal-La Victoria y San Luis expidió el auto de procesamiento, abriendo
instrucción en la vía ordinaria en contra de éstos por el tipo penal señalado con
anterioridad; asimismo, una vez culminada la etapa instructiva, los autos fueron
elevados a la Segunda Sala Penal con reos en cárcel de Lima; que, luego de
avocarse a su conocimiento, remitió los mismos a la Octava Fiscalía Superior
Penal, que mediante dictamen fiscal N.° 42-2020 formuló acusación contra
J.H.C.H., M.C.P.P. y J.E.R.R. coautores del delito contra el Patrimonio - Robo
Agravado en grado de tentativa, en agravio de F.D.F.S.; que, con
posterioridad, la Sala Superior emitió el auto control de acusación, así como el
auto superior de enjuiciamiento, declarando Haber Mérito para pasar a Juicio
Oral, fijando fecha y hora para el inicio del contradictorio; en ese sentido, iniciado
que fue el Plenario, los encausados J.H.C.H., y M.C.P.P. se sometieron a los
términos de la Conclusión Anticipada del Juicio Oral, razón por la cual, el
Colegiado emitió la sentencia conformada de fecha 16 de febrero de 2021 que
condenó a estos últimos a seis (06) años de pena privativa de libertad, así
como al pago de S/1 500.00 soles por concepto de reparación civil a favor de
la parte agraviada; continuándose con el juzgamiento en contra del también
acusado J.E.R.R.; que, al término del mismo, el Tribunal Superior expidió la
sentencia de fecha 07 de mayo de 2021 que falló: condenando al citado a
nueve (09) años de pena privativa de libertad y al mismo pago de la reparación
civil; resolución que fue impugnada por parte de la defensa del condenado,
elevándose los actuados a la Corte Suprema de la República, que mediante
Ejecutoria Suprema N.º 1400-2021, declaró No Haber Nulidad en la sentencia
de primera instancia.
Colecciones
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor