Informe Jurídico de Expediente Penal N° 06087-2016-0-1706-JR-PE-8
Abstract
En el presente Informe Jurídico se analiza un proceso penal por el delito contra
la salud pública en su modalidad de tráfico ilícito de drogas - favorecimiento al
tráfico ilícito de drogas. Luego de las diligencias preliminares, la Fiscalía
formaliza Investigación Preparatoria contra el imputado W.L.M, con la finalidad
de recabar elementos de convicción de cargo y de descargo, que permitan al
Fiscal decidir si acusa o no.
Vencido el plazo de la Investigación Preparatoria, el Fiscal del caso formula
Requerimiento Acusatorio contra W.L.M, en agravio del Estado Peruano,
solicitando una pena privativa de la libertad de 08 años. Saneada la etapa
intermedia el Juez de Investigación Preparatoria, declara la procedencia válida
para llevar a juicio al acusado W.L.M, emitiendo la resolución que contiene el
auto de enjuiciamiento en contra del imputado.
Desarrollo el primer juicio, el Segundo Juzgado Penal Colegiado Permanente,
absuelve de los cargos al acusado W.L.M, emitiendo la resolución que contiene
la sentencia absolutoria, ante la cual, el representante de la Fiscalía y el de la
Procuraduría, presentan recurso de apelación, la Sala Penal, declara nulo el
juicio, disponiendo la realización de uno nuevo, el desarrollo de este segundo
juicio fue llevado a cabo por el Primer Juzgado Penal Colegiado Permanente, en
este nuevo juicio la Fiscalía formula requerimiento de acusación
complementaria, incluyendo el agravante del artículo 46-A del Código Penal,
solicitando una pena de 15 años de pena privativa de la libertad, por su condición
de integrante de la Policía Nacional del Perú, el colegiado condena al acusado
W.L.M como autor del delito materia de investigación.
La defensa del sentenciado, interpone medio impugnatorio de apelación contra
la resolución que contiene la sentencia condenatoria, la Sala Penal emite la
resolución que confirma la sentencia condenatoria. La defensa del sentenciado
recurre a la Corte Suprema de Justicia de la República, vía recurso de casación,
cuestionando la decisión de los Jueces Superiores, la Corte Suprema declaró
infundado el recurso de interpuesto, en consecuencia, no casaron la sentencia
de vista.