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dc.contributor.authorBravo Aguilar, Karla Stephany
dc.date.accessioned2023-05-05T14:32:46Z
dc.date.available2023-05-05T14:32:46Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/11818
dc.description.abstractEn el presente informe jurídico se analiza el procedimiento administrativo iniciado el 13 de septiembre de 2019 ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, por el señor E.A.P.S. en contra del Ministerio de Salud por la imposición de diversas barreras burocráticas presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad materializadas en el Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, y en el Manual de Advertencias Publicitarias, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2018-SA. El 17 de diciembre de 2019, a través de la Resolución N° 0611-2019/CEB-INDECOPI se admitió a trámite la denuncia y se dispuso incorporar al Indecopi como tercero administrado en el procedimiento. De esta manera, con fecha 13 y 15 de enero de 2020, el Indecopi y el Ministerio, respectivamente, presentaron sus escritos de descargo, alegando la legalidad y razonabilidad de las medidas cuestionadas, así como, solicitando la improcedencia de la denuncia. Mediante la Resolución N° 0072-2020-CEB/INDECOPI del 25 de febrero de 2020, la Comisión declaró fundada en parte la denuncia, en tanto las medidas declaradas ilegales contravendrían el numeral 1.1) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como los artículos 5 y 123 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 y los literales a), b) y g) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio y la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 30021. Mediante las Resoluciones N° 0177-2020/STCEB-INDECOPI y N° 0181- 2020/STCEB-INDECOPI se concedieron los recursos de apelación presentados por el Ministerio y el Indecopi en contra de la mencionada resolución final. No obstante, a través de la Resolución N° 0209-2020/SEL-INDECOPI del 20 de octubre de 2020, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declaró la nulidad de todas las actuaciones del procedimientos posteriores al 29 de mayo de 2020, fecha de fallecimiento del denunciante, debido a que la Comisión no evaluó, en su oportunidad, los efectos del fallecimiento en la continuación del procedimiento, ni la aplicación de la figura de la «sucesión procesal». En ese sentido, la Sala resolvió devolver el expediente a la Comisión para que evalúe y se pronuncie sobre la aplicación de la sucesión procesal. Así, mediante la Resolución N° 0030-2021/CEB-INDECOPI, la primera instancia concluyó que la figura jurídica de la sucesión procesal podía ser aplicada de forma supletoria en el procedimiento; por ende, ordenó a su Secretaría Técnica realizar los actos necesarios para notificar la Resolución N° 0072-2020/CEB-INDECOPI a los sucesores del denunciante. El 31 de agosto de 2021, con la Resolución N° 0556-2021/SEL-INDECOPI, la Sala revocó la Resolución N° 0072-2020/CEB-INDECOPI, declarando infundada la denuncia en los extremos apelados por el Ministerio y el Indecopi, considerando que las exigencias cuestionadas fueron impuestas por el Ministerio en virtud de sus competencias establecidas legalmente.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent89 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectBarreras burocráticases_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectAlimentacioneses_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 000256-2019/CEBes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni71421553
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorGuzmán Halberstadt, César Armando
renati.jurorGarcía Huaroto, Jorge Patrick
renati.jurorSotomayor Vertiz, Abdias Teofilo
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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