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Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1309-2019/CC2
dc.contributor.author | Rojas Torres, Erick Joseph | |
dc.date.accessioned | 2023-04-12T18:18:55Z | |
dc.date.available | 2023-04-12T18:18:55Z | |
dc.date.issued | 2023 | |
dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/20.500.12727/11571 | |
dc.description | Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor | es_PE |
dc.description.abstract | En el Informe Jurídico se analiza una denuncia interpuesta por la Sra. P.J.C.H. contra la universidad U.P.U. por haberle otorgado un título profesional técnico en Informática Empresarial que no tenía validez, ya que no contaba con la autorización necesaria para emitir carreras técnicas. La denuncia de parte fue interpuesta el 10 de octubre de 2019 ante la Comisión de Defensa y Protección del Consumidor del INDECOPI por presunta infracción del artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, referido a la idoneidad en productos y servicios educativos; la denunciante manifestó que estudió entre los años 2004 a 2007 en la universidad U.P.U. emitiéndose a su culminación el título técnico y enterado de los problemas de validez en el año 2017, remitió un correo electrónico a la universidad informando la irregularidad. En consecuencia, interpone la denuncia refiriendo que hubo una inversión de S/ 19,444.11 por sus estudios, por lo que la Secretaría Técnica admitió a trámite esta denuncia. En sus descargos, la Universidad manifestó que: debía declararse la prescripción de la potestad administrativa sancionadora, toda vez que el hecho referido excedía el plazo permitido por ley consistente en dos años desde la entrega del título cuestionado; que la denunciante recibió un servicio idóneo porque los estudios realizados fueron el de una carrera de extensión universitaria mas no profesional técnica, tal como se le informó en su momento; que de acuerdo al artículo 68° de la Ley Universitaria1, el registro de grados y títulos de extensión universitaria no eran inscribibles en la Asamblea Nacional de Rectores2. La Comisión de Protección al Consumidor denegó la solicitud de prescripción y declaró fundada la denuncia en el extremo de que la universidad otorgó un título profesional que no contaba con autorización, sancionándola con una multa de 6,61 UIT y ordenando como medida correctiva que cumpla con devolver a la denunciante la suma solicitada por los estudios realizados. La universidad interpuso recurso de apelación señalando los mismos argumentos, pero enfocándose en que la denunciante fue debidamente informada del tipo de estudios cursados al momento de su postulación y que no podía suspenderse el plazo de prescripción, dado que no existe base legal para afirmar que se computaba desde que el consumidor tomaba conocimiento del hecho infractor. En la instancia superior, la Sala de Protección al Consumidor confirma la resolución de primera instancia, refiriendo que la prescripción solicitada por la universidad es denegada porque solo podrá computarse desde que ha cesado la situación antijurídica o desde que el hecho materia de infracción llegaron a conocimiento de la víctima y tal plazo se computará desde que la denunciante informó la irregularidad del título profesional; además, la universidad no ha informado de manera precisa el tipo de estudios cursados y al no contar con autorización, no debió brindar el servicio educativo con la denominación de carrera profesional técnica. | es_PE |
dc.format | application/pdf | es_PE |
dc.format.extent | 60 p. | es_PE |
dc.language.iso | spa | es_PE |
dc.publisher | Universidad de San Martín de Porres | es_PE |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_PE |
dc.rights.uri | https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ | es_PE |
dc.source | Repositorio Académico USMP | es_PE |
dc.source | Universidad San Martín de Porres - USMP | es_PE |
dc.subject | Protección al consumidor | es_PE |
dc.subject | Denuncia | es_PE |
dc.subject | Autorización | es_PE |
dc.subject | Obtención de título | es_PE |
dc.title | Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1309-2019/CC2 | es_PE |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | es_PE |
thesis.degree.name | Abogado | es_PE |
thesis.degree.grantor | Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho | es_PE |
thesis.degree.discipline | Derecho | es_PE |
dc.publisher.country | PE | es_PE |
dc.subject.ocde | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | es_PE |
renati.author.dni | 45715563 | |
renati.discipline | 421016 | es_PE |
renati.juror | Casassa Casanova, Sergio Natalino | |
renati.juror | Zavalaga Ortiz, Carmen Elena | |
renati.juror | Liendo Miranda, Claudia Elisa | |
renati.level | https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional | es_PE |
renati.type | https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional | es_PE |
dc.type.version | info:eu-repo/semantics/publishedVersion | es_PE |