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Informe Jurídico de Expediente Civil N° 00283-2016-0-2201-JM-CI-01
dc.contributor.author | Gálvez Fernández, Roxana Patricia | |
dc.date.accessioned | 2022-10-31T19:44:53Z | |
dc.date.available | 2022-10-31T19:44:53Z | |
dc.date.issued | 2022 | |
dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/20.500.12727/10899 | |
dc.description.abstract | El presente Informe Jurídico se refiere a la pretensión del expediente N° 283-2016-0 del Distrito Judicial de San Martín, sobre Mejor Derecho de Propiedad. La pretensión fue postulada con la finalidad que el órgano jurisdiccional declarara que el demandante H.P.T (tercer adquirente) tenía mejor derecho de propiedad respecto del bien hipotecado que adquirió del deudor hipotecario y por lo mismo exclusivo titular y excluyente frente al derecho también de propiedad que alegaba la entidad bancaria ejecutante BBVA B.C de la ciudad de Moyobamba (acreedor hipotecario). Previamente a este proceso declarativo de conocimiento entre el tercer adquirente contra la entidad bancaria y deudor hipotecario (transferente), hubo otro proceso sobre ejecución de garantía hipotecaria entre la entidad bancaria (acreedor ejecutante) contra el deudor hipotecario (C.E.P SAC y L.P.D), en el que se adjudicó el derecho de propiedad a favor de la entidad bancaria y que en el afán de inscribir esa adjudicación advirtió que el deudor hipotecario había transferido el bien hipotecado a favor del tercero adquirente antes mencionado. La controversia del expediente en mención se centra en analizar si el no traslado de la hipoteca ya inscrita en la partida matriz a la partida de independización equivale a una hipoteca no inscrita. Además, lo importante de este conflicto es determinar cuáles debieron ser los dispositivos aplicables para solucionar dicha controversia. Es decir, nos ha permitido realizar una revisión a los dispositivos normativos 1135° y 2022° del Código Civil con respecto a su aplicación en las pretensiones de mejor derecho de propiedad. En primera instancia, el Juzgado Civil (sentencia del 11/09/2017) resolvió declarar infundada la pretensión demandada por considerar que el artículo 1135° era el que determinaba que la entidad bancaria demandada tenía ese mejor derecho. Impugnada dicha resolución, mediante Sentencia de Vista (resolución del 16/03/2018) se confirma la sentencia de primera instancia, pero por considerar que el derecho de la entidad bancaria estaba respaldada por lo dispuesto en el artículo 2022° y artículo 1097° del Código Civil. Finalmente, la parte demandante interpuso Recurso de Casación, y fue la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República que declaró infundado dicho recurso, y como consecuencia de ello, no casaron la sentencia de la Segunda Instancia. Aquí, se precisó que el artículo 1135° del Código Civil tiene dos tesis: la obligacional y la real. Dicha Corte Supremo optó por desestimar el recurso de casación adoptando la tesis real de dicho artículo 1135°. | es_PE |
dc.format | application/pdf | es_PE |
dc.format.extent | 60 p. | es_PE |
dc.language.iso | spa | es_PE |
dc.publisher | Universidad de San Martín de Porres | es_PE |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_PE |
dc.rights.uri | https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ | es_PE |
dc.source | Repositorio Académico USMP | es_PE |
dc.source | Universidad San Martín de Porres - USMP | es_PE |
dc.subject | Derecho de propiedad | es_PE |
dc.subject | Demanda | es_PE |
dc.subject | Propiedad | es_PE |
dc.title | Informe Jurídico de Expediente Civil N° 00283-2016-0-2201-JM-CI-01 | es_PE |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | es_PE |
thesis.degree.name | Abogado | es_PE |
thesis.degree.grantor | Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho | es_PE |
thesis.degree.discipline | Derecho | es_PE |
dc.publisher.country | PE | es_PE |
dc.subject.ocde | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | es_PE |
renati.author.dni | 71134197 | |
renati.discipline | 421016 | es_PE |
renati.juror | Cabrejos Mejia, Jorge Abel | |
renati.juror | Sanchez Cafferata, Carlos Aliggio | |
renati.juror | Mejia Chuman, Rosa María | |
renati.level | https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional | es_PE |
renati.type | https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional | es_PE |
dc.type.version | info:eu-repo/semantics/publishedVersion | es_PE |