Informe Jurídico de Expediente Civil N° 00044-2012
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2022Author(s)
Berendson Ureta, Alejandra Kelly
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En este Informe Jurídico se analiza un proceso civil de materia de desalojo, el cual se dio inició con la
demanda por MBGBB, en representación de DRVY, DAYE, SEYE y CMYE, solicitando que cumpla con
desocupar y hacer entrega a favor de los mandantes el inmueble. El 21 de octubre de 2003, mediante escritura
pública de compraventa los demandantes adquieren el inmueble ubicado en la Av. Mariscal Cáceres n.º 1210,
Sector Cercado, Ayacucho; de su anterior propietario. Asimismo, luego de la venta del inmueble que realizó
el anterior propietario, por petición de los demandantes, este se queda en el inmueble en calidad de
administrador, fijando su domicilio en dicho inmueble conjuntamente con la demandada. Indican que la
demandada ocupa el inmueble con titulo fenecido.
La demanda es admitida y declarada fundada por el 1° Juzgado especializado en lo civil de Huamanga
– Ayacucho, la demándate contesto negándola sostiene que es falso que se encuentra en posesión precaria del
inmueble materia de litis.
Declaran fundada la demanda; no aprecia título alguno que verifique la calidad de propietaria. Marleny
Jurado Gutiérrez interpone recurso de apelación, conceden el recurso de apelación con efecto suspensivo,
revocaron la sentencia de primera instancia reformándola declararon improcedente, indicando que los
poderdantes de la demandante, solo pueden exigir la entrega del bien acreditando ser propietarios, la misma
que se realizara en una acción reivindicatoria.
La demandante Interponen recurso de casación, declaran infundada la demanda sobre desalojo por
ocupación precaria que su posesión ha quedado acreditada con el informe N° 163-2009-.INC-AL, del Instituto
Nacional de Cultura.
La demandante interpone recurso de casación, declaran procedente el recurso de casación, confirmaron
la sentencia de primera instancia porque no se pudo probar que las construcciones se hayan realizado antes de
la venta del inmueble.