Informe Jurídico de Expediente Laboral N° 02586-2013-0-1501-JR-LA-02
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Fecha
2022Autor(es)
Contreras Valle, Fabrizio Sebastian
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente informe jurídico da análisis a un expediente judicial laboral por la
pretensión de indemnización por daños y perjuicios que derivan de un accidente
de trabajo. El caso inicia con la demanda presentada por el señor de siglas EPCM
demandando a su empleadora Enerlectric Ing S.A.C. y solidariamente a la
empresa Electrocentro S.A., producto de un accidente laboral que dejo por
consecuencia un Traumatismo Vertebro-medular Dorsolumbar Severo al
demandante solicitando un concepto de S/ 2,000,000.00 (Dos millones de soles)
en concepto de indemnización por el accidente sufrido, por la falta de diligencia
de la empresa por no haber otorgado los implementos de seguridad necesarios,
en consecuencia la primera instancia declaro fundada la prescripción de los
demandados teniendo como fundamento que la prescripción de la acción en el
tiempos es en un plazo de dos (02) años desde que se produjo las lesiones y un
(01) año para la empresa solidariamente responsable, por lo que el demandante
impugno la Sentencia de primera instancia a la Sala superior que posteriormente
resolvió, reformar la sentencia declarando infundada la demanda en todos sus
extremos e infundada la excepción fundamentada por el demandado, frente a la
nueva sentencia emitida, el demandante realiza un recurso de apelación contra la
sentencia reformada, que mediante Sentencia de Vista confirma lo reformado por
el Juzgado Superior y que confirma la Sentencia de la segunda instancia, por lo
que el demandante interpone un Recurso de Casación para que sea la Corte
Suprema quien resuelva el conflicto, por consecuencia la Corte Suprema declara
fundada en parte la demanda contra las empresas y el pago de la indemnización
por un monto ascendente de S/ 600,000.00 (Seiscientos mil soles) por daño moral,
psíquico y biológico contra el demandante, derivados del incumplimiento a la
normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo y su norma técnica complementaria
con relación a los principios de Prevención y de Responsabilidad respectivamente,
y dejando de lado el lucro cesante y el daño emergente por improbanza,
finalmente mediante petición de las demandadas, da la oportunidad de realizar el
pago de manera fraccionada por un plazo determinado.