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dc.contributor.authorChavez Ruiz, Jorge Luises_PE
dc.date.accessioned2022-06-16T15:52:11Z
dc.date.available2022-06-16T15:52:11Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/10198
dc.description.abstractEn el presente informe se analizara un proceso civil de desalojo, el cual inició con la interposición de la demanda presentada por D.C.E.A.P(en representación de : M.A.P.V. Viuda de A., C.H.A.P, N.L.A.P y R.H.A.P,) contra G.E.P.A, J.M.P.A., JE.G.P.A., a fin de que cumplan con restituir el inmueble ubicado en el distrito de La Victoria, en tanto, venían ocupando el inmueble sin contar con derecho alguno ni justo título válidamente extendido, a pesar que requirió a los demandados la desocupación del inmueble antes citado tiempo atrás, por medio de comunicaciones verbales y escritas. En la contestación de la demanda, los demandados manifestaron, entre otros, que al ser hijos de uno de sus copropietarios del inmueble materia de litis, se extendería el derecho de su uso y habitación, en virtud a la cesión otorgada por la madre de los demandados, en mérito al documento de fecha 12 de octubre de 2013. En la sentencia emitida por el 28 Juzgado Especializado en lo Civil de Corte Superior de Justicia de Lima, declaró fundada la demanda, en tanto, si bien los demandados tenían justo título este al haber adquirido el bien por sucesión, correspondía que sean firmados por todos los copropietarios del inmueble. Posteriormente, los demandados interpusieron su recurso de apelación alegando que no se tomó en cuenta a su madre en calidad de copropietario y que en el presente caso no se requiere un acuerdo unánime para el contrato de cesión; a consecuencia de ello, la Segunda Sala Especializada en lo Civil de La Corte Superior emitió sentencia de segunda instancia, con la cual revocaron la sentencia que declaró fundada la demanda y ordenó que los demandados cumplan con desocupar y entregar a favor de los demandantes, el inmueble materia de Litis, en el plazo de 06 días, una vez consentida o ejecutoriada la presente, con costas y costos del proceso; y reformándola declararon infundada la demanda, con costas y costos del proceso. La sentencia de vista señaló que no se ha desvirtuado el hecho que los demandados sea efectivamente hijos de la copropietaria, por ello el derecho de uso y habitación se extiende a sus familiares y que el contrato de cesión de derecho y uso y habitación no ha sido declarado invalido en sede judicial.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent31 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectDesalojoes_PE
dc.subjectOcupante precarioes_PE
dc.subjectProceso civiles_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Civil N° 10449-2015es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni74201658
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorGuzmán Halberstadt, César Armando
renati.jurorLiendo Miranda, Claudia Elisa
renati.jurorEspinoza Rangel, José Carlos
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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