Informe Jurídico de Expediente Penal N° 2408-2013
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2022Author(s)
Ramirez Ruiz, Daniel Mc Henroe
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El presente informe jurídico, gira en torno al análisis del Expediente Penal N° 2408-
2013, llevado a cabo bajo las reglas del Codigo Procesal Penal del 2004, ante la
Corte Superior de Justicia de Huaura, este proceso se llevó en contra de J.L.A.D y
L.J.J.L, por el delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado, ilícito
penal que se encuentra previsto y sancionado en el Artículo 188 del Codigo Penal
como tipo base con sus agravantes previstas en los numerales 2, 3, 4 y 5, del primer
párrafo del Artículo 189 del mismo código, en agravio de R.P.M.T, B.L.C.C y A.R.A.
Ello inicia, cuando el Tercer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Huaura, al tomar conocimiento del evento criminal suscitado el
día 20 de agosto del 2013, da inicio a las diligencias preliminares en el cual durante
dicho estadio es que logra identificar a los presuntos autores del delito.
En un primer momento, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Huaura impone
la medida coercitiva de detención preliminar contra los investigados, por cuanto el
requerimiento de la Fiscalía fue declarado fundado, por consiguiente al ejecutarse se
logra dar con la captura de uno presuntos autores de delito, acto seguido la Fiscalía
dispone formalizar la investigación preparatoria y paralelamente formula
requerimiento de prisión preventiva únicamente contra la persona que tenía la
calidad de detenido en este entonces, cabe resaltar que esta medida coercitiva fue
declarado infundado. Es así que la Fiscalía continuo con su investigación dentro del
plazo establecido y una vez culminado dicha etapa formula requerimiento de
acusación contra J.L.A.D y L.J.J.L, acto seguido se instaló y se desarrolló la
audiencia preliminar en donde el Juez del Juzgado de investigación preparatoria de
Huaura al culminar dicha audiencia emite su auto de enjuiciamiento disponiendo en
ello remitir los autos al Juzgado Penal Colegiado de Huaura. El Juicio oral se llevó a
cabo durante nueve sesiones, en la cual por decisión de mayoría de votos
condenaron a J.L.A.D y L.J.J.L, como coautores del delito contra el patrimonio en la
modalidad de robo agravado imponiéndole 12 de pena privativa de libertad y al pago
de S/3,000 soles por concepto de reparación civil, ante esta sentencia las defensas
técnicas interpusieron recurso de apelación y una vez elevado los autos a la Sala
Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura, termino
confirmando la sentencia de primera instancia, luego de ello ante el descontento la
defensa técnica de ambos sentenciados interpusieron recurso de casación contra la
sentencia de vista, y esta vez la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la
República, declaró inadmisible el referido recurso por cuanto este recurso
extraordinario no está destinado para valoración de medios probatorios actuados y
valorados por la instancia anterior, ya que atentan contra su naturaleza y fines.