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dc.contributor.authorValverde Morante, Ricardo
dc.creatorValverde Morante, Ricardo
dc.date.accessioned2015-06-09T11:26:58Z
dc.date.available2015-06-09T11:26:58Z
dc.date.issued2014-12
dc.identifier.citationValverde Morante, R. (2014). ¿Debería permitir la futura ley peruana sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TERAS) la figura del “embarazo post mortem”? Vox Juris, 28(2), pp. 161-187es_PE
dc.identifier.otherhttp://www.aulavirtualusmp.pe/ojs/index.php/VJ/article/view/14
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/990
dc.description.abstractEl presente artículo de investigación se plantea como premisa de trabajo, establecer si la futura ley peruana sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TERAS), debería permitir la figura del “Embarazo Post Mortem”, que se encuentra regulada en el derecho comparado. Teniendo en consideración que en la actualidad y gracias al avance de las TERAS ya no es requisito indispensable para concebir a un niño que los padres tengan relaciones sexuales. Sin óbice de lo expuesto, es pertinente resaltar que la Propuesta de Reforma de nuestro Código Civil cuenta en su texto con un capítulo referido a la “Filiación por Reproducción Médicamente Asistida”, lo que constituye una novedad dentro de nuestro ordenamiento jurídico y es una respuesta a la existencia en nuestro país de gran cantidad de Clínicas de Reproducción Humana Asistida, quienes operan actualmente sin parámetros legales preestablecidos. Por tal motivo, luego de revisar la doctrina y el criterio de la legislación comparada sobre el “Embarazo Post Mortem”, coincido plenamente con lo regulado por la legislación francesa y la legislación italiana. Es decir, considero que nuestro Código Civil no debería permitir la “Técnica de Reproducción Médicamente Asistida Post Mortem”, pues parto de la premisa de establecer como un axioma, que la verdadera naturaleza de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida, se refieren a actos médicos o terapeúticos dirigidos a combatir una enfermedad, en este caso, la esterilidad o infertilidad humana.es_PE
dc.format.extentpp. 161-187es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.relation.ispartofurn:issn:1812-6804
dc.relation.ispartofseriesVox Juris;28
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceUniversidad de San Martín de Porres – USMPes_PE
dc.sourceREPOSITORIO ACADÉMICO USMPes_PE
dc.subjectTécnicas reproductivas asistidases_PE
dc.subjectEmbarazo post mortemes_PE
dc.subjectCrioconservación de gametos sexuales humanoses_PE
dc.subjectSalud reproductiva - Legislación y jurisprudenciaes_PE
dc.subject.ddc344 - Derecho laboral, social, educativo, culturales_PE
dc.title¿Debería permitir la futura ley peruana sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TERAS) la figura del “embarazo post mortem”?
dc.title.alternativeShould Allow Future Peruvian Law on Assisted Human Reproduction Techniques the Figure of "Pregnancy Post Mortem"?en_US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_PE
thesis.degree.nameDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE


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