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Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 0147-2018
dc.contributor.author | Plácido López, Milena Kenya | |
dc.date.accessioned | 2021-10-20T21:50:58Z | |
dc.date.available | 2021-10-20T21:50:58Z | |
dc.date.issued | 2021 | |
dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/20.500.12727/8921 | |
dc.description.abstract | En el presente informe jurídico se analiza el procedimiento administrativo ante la Comisión de Protección al Consumidor Indecopi – Arequipa, en los seguidos por la denunciante M.A.M, contra el denunciado C.F S.A, por la presunta infracción al deber de idoneidad en servicios financieros, según a lo establecido en el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Según a los hechos ocurridos, el denunciado no habría cumplido en responder la solicitud de gestión contenida en la carta Nro 193- 18/CPA, de fecha 26 de marzo del 2018, ante ello el denunciado manifestó haber cumplido con dar respuesta a la referida carta, mediante circular Nº G-184-2015 recepcionada por la denunciante con fecha 13 de abril de 2018. Para el análisis del caso se consideró los siguientes aspectos: a) Si la denunciada contravino lo dispuesto en artículo 19 del Código de Protección y Defensa del consumidor, b) Si corresponde ordenar medidas correctivas, c) sanción a imponerse de comprobar la responsabilidad del denunciado, y d) Si corresponde ordenar el pago de costos y costas incurridos durante el procedimiento. La Comisión por lo expuesto declaró fundada la denuncia presentada por la señora M.A.M contra la C.F. S.A, por infracción del artículo 18° del Código, al considerar acreditado que la denunciada no atendió la solicitud de gestión contenida en la carta 193- 18/CPA del 26 de marzo de 2018, en tanto no entregó a la denunciante una liquidación de su deuda conforme a lo solicitado; sancionándola con una amonestación, asimismo ordenó a la C.F S.A, en calidad de medida correctiva que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de notificada dicha resolución, cumpla con emitir y entregar a la denunciante la liquidación de su adeudo en los términos señalados mediante la Carta 193-18/CPA; y, condenó a la denunciada al pago de costas y costos. Finalmente, la Sala Especializada en Protección al consumidor declaro infundada la misma, por presunta infracción del artículo 19° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en tanto quedó acreditado que la denunciada atendió adecuadamente la solicitud de gestión contenida en la carta del 26 de marzo de 2018, presentada por la denunciante. | es_PE |
dc.format | application/pdf | es_PE |
dc.format.extent | 34 p. | es_PE |
dc.language.iso | spa | es_PE |
dc.publisher | Universidad de San Martín de Porres | es_PE |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_PE |
dc.rights.uri | https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/ | es_PE |
dc.source | Repositorio Académico USMP | es_PE |
dc.source | Universidad San Martín de Porres - USMP | es_PE |
dc.subject | Proceso administrativo | es_PE |
dc.subject | Protección al consumidor | es_PE |
dc.subject | Denuncia | es_PE |
dc.title | Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 0147-2018 | es_PE |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | es_PE |
thesis.degree.name | Abogado | es_PE |
thesis.degree.grantor | Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho | es_PE |
thesis.degree.discipline | Derecho | es_PE |
dc.publisher.country | PE | es_PE |
dc.subject.ocde | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | es_PE |
renati.author.dni | 71707065 | |
renati.discipline | 421016 | es_PE |
renati.juror | Siguas Rivas, Miguel Julián | |
renati.juror | Rivera Maguiña, Mónica Carolina | |
renati.juror | Molina Dimitrijevich, Miroslava Alexandra | |
renati.level | https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional | es_PE |
renati.type | https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional | es_PE |
dc.type.version | info:eu-repo/semantics/publishedVersion | es_PE |