Informe Jurídico de Expediente Penal N° 16563-2011
Ver/
Descargar
(application/pdf: 35.93Mb)
(application/pdf: 35.93Mb)
Fecha
2021Autor(es)
Mendez Garibay, Lucia
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Este informe jurídico analiza el proceso penal que versa sobre el delito de
Homicidio Calificado que se encuentra previsto en el artículo 108° numeral 5 del
Código Penal. Habiéndose investigado los hechos en relación a la ejecución de
dos efectivos policiales SOT3 William Cieza Diaz y SOT3 Juan Alcalde Espinoza
que en ejercicio de su labor fueron víctimas de disparos por el sujeto identificado
como Mario Ruiz Alvarado a quien le habrían solicitado sus documentos cuando
fue intervenido al conducir una motocicleta en la calle Los Oligistos Urb. San
Hilarión – San Juan de Lurigancho, hechos suscitados el 21 de julio de 2011. La
vía procesal que se siguió, fue la que correspondía el proceso ordinario,
dictándose en el auto de inicio de proceso el mandato de detención. También
fueron comprendidos como cómplices de este delito Zoila López Haya y
Armando Arroyo Lezama que se encontraban presentes cuando los hechos
ocurrieron, sobre ellos también recayó la medida de detención. Concluida la
instrucción, el Fiscal Superior formuló acusación contra todos los involucrados,
dando lugar al desarrollo del juzgamiento que concluyó con la sentencia
expedida por la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Lima que falló
condenando a Mario Ruiz Alvarado como autor del delito de homicidio calificado
imponiéndole treinta y cinco años de pena privativa de libertad, a Zoila López
Haya como cómplice primaria imponiéndole veinticinco años de pena privativa
de la libertad y a Armando Arroyo Lezama como cómplice secundario
imponiéndole veinte años de pena privativa de la libertad. En dicha sentencia se
fijó en cincuenta mil nuevos soles el monto de la reparación civil. Contra esta
decisión, las defensas de los tres sentenciados interpusieron sus recursos de
nulidad, que concedidos fueron elevados a la Sala Penal de la Corte Suprema
que resolvió declarar haber nulidad en la condena en relación a Zoila López Haya
(cómplice primario) y Armando Arroyo Lezama (cómplice secundario),
reformándola, los absolvieron de los cargos de la acusación fiscal y declararon
no haber nulidad en dicha sentencia en el extremo que condena a Mario Ruiz
Alvarado. Se dispuso la inmediata libertad de los absueltos y se proceda a la
anulación de sus antecedentes policiales y judiciales que se hubiera generado
como consecuencia del presente proceso.