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dc.contributor.authorBellodas Paredes, Patricia Esther
dc.date.accessioned2021-04-16T21:14:48Z
dc.date.available2021-04-16T21:14:48Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/7627
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza el expediente laboral materia reposición de empleo por despido incausado, tramitado ante el Juzgado Civil de San Pedro de Lloc presentado por el señor Juan Parra Mendoza contra la empresa Cemento Pacasmayo SAA. El petitorio de la demanda es la reposición de empleo por haber sido objeto de despido inconstitucional incausado. Los principales hechos son que el demandante trabajó en calidad de obrero: refractorista, técnico mecánico desde el 8 de febrero de 2012 al 15 de enero de 2014. La demandada le hizo firmar contratos sujetos a modalidad, e incurrió en simulación y fraude. El demandante en cumplimiento de sus labores sufrió un accidente que le produjo quemaduras de tercer grado, permaneció hospitalizado y se le prescribió descanso médico. Finalmente, solicitó una constancia de trabajo y en forma verbal se le informó que la relación laboral había terminado el 15 de enero de 2014 y que no existía ningún vínculo con la empresa. En la audiencia de conciliación la empresa afirma que el vínculo laboral finalizó porque término del contrato y que no existió un despido incausado. En la audiencia pública de juzgamiento, la demandante se opuso a la liquidación de beneficios sociales y al certificado de depósito judicial porque no se ajustaba a la realidad; la demandada se opuso a los certificados médico, ya que fueron expedidos por un cirujano plástico cuando el paciente ya estaba de alta. En primera instancia la Corte Superior de Justicia de La Libertad Juzgado Especializado Civil de Pacasmayo- San Pedro de Lloc declaró Infundadas las oposiciones formuladas tanto por parte del demandado como de la demandada y Fundada la reposición del trabajador en su mismo puesto de trabajo, sin costas, con costos y sin multa, asimismo Infundada con respecto al concepto remuneraciones devengadas. En segunda instancia la Primera Sala Especializada Laboral de la Corte Superior de Justicia de La Libertad resolvió declarando Fundada la demanda interpuesta por el demandante sobre la reposición y Fundada el concepto de remuneraciones devengadas. En la Casación confirmaron la sentencia de primera instancia.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent168 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectDerecho laborales_PE
dc.subjectDerecho al trabajoes_PE
dc.subjectDespidoes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente N° 00011-2014-0-1614-JR-LA-01es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni16657686
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorPinto Zavalaga, Judith Verónica
renati.jurorBazán Ciurlizza, Luis Enrique
renati.jurorOliva Cornejo, Jorge
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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