Informe Jurídico de Expediente Laboral N° 1812-2013-0-1801-JR-LA-01
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Fecha
2020Autor(es)
Moscoso Montes, Gianna Allisen
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En el Informe Jurídico se analiza un proceso laboral de desnaturalización de contrato, iniciado por la señora Haydee Gladys Laupa Llactas en contra del Seguro Social de Salud (Essalud), Servicios Integrados de Limpieza (Silsa) y Segen Perú Work S.A.C.
En el proceso se debía determinar si correspondía declarar la desnaturalización del contrato de servicios prestados por la demandante a los demandados, por pretendida intermediación surgida entre las demandadas por simulación y/o fraude de ley. Asimismo, si correspondía el reconocimiento o no de una relación laboral de naturaleza indeterminada, así como si correspondía ordenar a la demandada SEGURO SOCIAL DE SALUD-ESSALUD que abonara a favor de la actora una suma dineraria por concepto de reintegro de remuneraciones, de CTS, de gratificaciones y de vacaciones.
El Primer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente resolvió declarando Infundadas las oposiciones y la excepción planteada; Fundada en parte la demanda ordenando el pago de reintegro de beneficios sociales y ordenar el pago de intereses legales y costos y costas del proceso a favor de la demandante.
La Tercera Sala Superior Laboral de Lima revocó la sentencia de primera instancia y reformándola la declaró Infundada bajo el fundamento de que las labores desarrolladas por la demandante no guardaban relación con la actividad principal de ESSALUD, ya que esta tenía como función prestar servicios de salud, siendo que la actora se dedicaba a la entrega de medicamentos a los pacientes, labores que tiene la calidad de complementarias. Asimismo, refirió que no existió un pronunciamiento de la autoridad administrativa que indique la desnaturalización de los contratos, en base al análisis de la infracción presentada como medio probatorio.
Interpuesto el Recurso de Casación, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria declaró Improcedente el recurso planteado.