Informe jurídico sobre expediente N° 1518- 2020/PS3-INDECOPI

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Similitud
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Acta
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Fecha
2025Autor(es)
Bazan Alarcon, Stefany Shirley
Jurado(s)
Romero Arteaga, Michel Alonso
Rivera Maguiña, Mónica Carolina
Cabrera Sánchez, Alexandra
Rivera Maguiña, Mónica Carolina
Cabrera Sánchez, Alexandra
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente informe jurídico se desarrolla en materia de Procedimiento
Administrativo Sancionador, ante el órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 03. Las partes del procedimiento son el señor M.A.S.S., el denunciante y SAMSUNG, el denunciado, por la presunta infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor con respecto al deber de idoneidad y el deber de la información del fabricante/distribuidor. El procedimiento inicia con la presentación de la denuncia en contra de la empresa, donde el denunciante alega que, luego de haber adquirido un televisor de su marca, tras cuatro años de uso, aparecieron fallas como líneas en la pantalla,
siendo la causa de un problema mayor, que condujo al denunciante a contactarse con servicio al cliente de la denunciada, de la revisión y al no estar de acuerdo con la recomendación, de que el denunciante cubra los costos de la reparación, este presenta una denuncia en contra de la empresa. El procedimiento continuó con los descargos de la denunciada, en los cuales alegó que la responsabilidad en base a la garantía del producto ya había expirado, por lo que no les correspondería ejercer ninguna reparación o sustitución gratuita. En ese sentido, el denunciante amplia sus argumentos, alegando que no le indicaron la información de forma clara y precisa sobre la vida útil de su producto, por lo que les
correspondería asumir el costo de la reparación o el reemplazo por un producto nuevo de las mismas características. En la resolución de primera instancia, la OPS, resuelve archivar el procedimiento por inexistir medios probatorios que sustenten que la empresa no le brindó la información clara y oportuna al cliente y; sin embargo, la empresa había puesto a su disposición su canal de atención al cliente. En esa línea, el denunciante
presentó recurso de apelación reiterando sus descargos antes señalados. Por lo expuesto, se emite Resolución Final, resolviendo confirmar la resolución de primera instancia y archivar el procedimiento administrativo sancionador contra SAMSUNG ELECTRONICS PERÚ S.A.C., por la presunta infracción al artículo 2 de la Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Colecciones
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor