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dc.contributor.authorSupo Bonifacio, Rocio Milagros
dc.date.accessioned2025-01-17T19:10:08Z
dc.date.available2025-01-17T19:10:08Z
dc.date.issued2024
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/16184
dc.descriptionModalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesores_PE
dc.description.abstractEste trabajo de suficiencia profesional tiene como controversia el análisis de la calificación de la existencia del reconocimiento, así como si se incurrieron o no en las infracciones contra el deber de idoneidad del servicio y el derecho a la información relevante del servicio de transporte. Es así que, el denunciante (quien adquirió los servicios de transporte) interpuso denuncia contra la empresa de transportes al considerar que el traslados de uno de sus productos llegó en mal estado al destino, por lo que cuestionó la idoneidad del servicio de transporte. Además, alegó que no se le informó sobre quien iba a realizar el servicio sería otra empresa. En ese contexto, el Órgano Resolutivo de Protección al Consumidor a través de su resolución final declaró sancionar a la denunciada por las dos imputaciones de cargo (idoneidad e información), pues consideró que las infracciones administrativas estaban debidamente acreditadas. Ante dicha resolución, la denunciada interpuso recurso de apelación cuestionando que habría presentado reconocimiento de los hechos materia de denuncia, dentro del plazo otorgado para la presentación de sus descargos, siendo que, ante ello, la autoridad administrativa debió aplicar lo establecido por el numeral 3 del artículo 112 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. No obstante, la Comisión Especializada en Protección al Consumidor declaró confirmar la resolución de primera instancia, y en consecuencia declara infundado el recurso de apelación al considerar que no se efectuó un reconocimiento dentro del plazo de los descargos. En conclusión, las resoluciones finales referidas serán analizadas en función a si las partes cumplieron con acreditar los hechos que alegaron, si la denunciada tenía legitimidad para obrar pasiva y qué resoluciones finales fueron emitidas acorde al Código de Protección y Defensa del Consumidor.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent34 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectIndecopies_PE
dc.subjectServicio de transportees_PE
dc.titleInforme jurídico sobre expediente N° 2262-2021/PS1es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadaes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni74824093
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorMiñano Donayre, Alicia Liceth
renati.jurorSotomayor Berrocal, Javier Angel
renati.jurorMadrid Montoro, Rosana Asunta
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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