Intervención mínima del derecho penal en el delito de manipulación genética ilícita
Fecha
2015Autor(es)
Aguilar Sanchez, Karelis Carolina
Asesor(es)
Baptista, María Mercedes
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente trabajo de investigación se fundamentó en la necesidad de analizar el principio de intervención mínima del derecho penal en el delito de manipulación genética tipificado en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en virtud del auge que en los últimos tiempos ha venido adquiriendo la implementación de estas técnicas, realidad ésta de la cual no escapa Venezuela, sin embargo llamó la atención que esta ley tipifica este tipo penal con altas penas que incluso llegan hasta los 30 años de prisión. De acuerdo con las características del
problema seleccionado y los objetivos propuestos, este estudio se situó dentro de la investigación documental, utilizándose además el método analítico que permite la separación del todo en sus partes y como técnicas de recopilación y análisis de la información, las fichas y la computadora con sus unidades de almacenaje. La autora concluyó destacando que las sanciones establecidas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, para quien cometa el delito de manipulación genética ilícita está ajustada a la violación de los bienes jurídicos tutelados
como son la vida, la bioética, la personalidad y la integridad personal, por lo cual no se vulnera la teoría del garantismo penal, realizando una sería de recomendaciones al legislador y al Estado venezolano, así como también a los estudiantes de derecho, orientadas a solventar la problemática expuesta.
Colecciones
- Tesis de pregrado [169]
Materias
Editor
Universidad Bicentenaria de Aragua
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
El presente trabajo de investigación fue sustentado en la Universidad Bicentenaria de Aragua. Queda registrado en este repositorio de acuerdo al numeral 4.5 de la resolución Nº 119-2019-SUNEDU/CD, “Criterios técnicos para la revalidación de grados y títulos otorgados en el extranjero”, con la exclusiva finalidad de difundir el trabajo del autor.