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dc.contributor.authorCueto Garcia, Carol Sayaku
dc.date.accessioned2024-06-14T14:09:10Z
dc.date.available2024-06-14T14:09:10Z
dc.date.issued2024
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/14166
dc.descriptionModalidad de obtención de grado y título sin designación de asesores_PE
dc.description.abstractEste informe aborda el proceso judicial en el que se peticiona la nulidad de un Acto Jurídico de Prescripción Adquisitiva de Dominio, formulado por la Sra. “NPLL” y el Sr. “WCGP” contra el Sr. “HGHV” y el Notario Público “MVC”. Los demandantes indican que la nulidad se fundamenta en su fin ilícito y la contravención al orden público, debido a que el Notario Público declaró la prescripción adquisitiva a favor del Sr. “HGHV”, quien al amparo de una Escritura Pública de compraventa de derechos solo había adquirido la calidad de copropietario. Es así que, se encontraba imposibilitado de prescribir adquisitivamente el dominio del bien común en perjuicio de sus copropietarios, según lo establecido en el artículo 985 del Código Civil. El demandado en su contestación de demanda indicó con el documento privado titulado “Compraventa de Bien Inmueble” -con firmas legalizadas notarialmentehabía adquirido la totalidad de la propiedad del inmueble, por lo tanto, no estaba limitado para llevar a cabo la Prescripción Adquisitiva de Dominio a través de procedimiento notarial, pues carecía de la condición de copropietario. El Juzgado en su sentencia determinó fundada en parte la demanda por considerar que el acto jurídico transgredió el orden público al infringir el artículo 985 del Código Civil. No obstante, desestimó la pretensión referida al fin ilícito. La Sala Superior resolvió confirmar la decisión del Juzgado al constatar que en ambos documentos (privado y público), los vendedores se identificaron como copropietarios y que del tracto sucesivo revisado en los asientos registrales se evidenciaba que solo tenían el 20% de derechos sobre el inmueble. Además, haciendo uso del artículo 1135 del Código Civil determinó la prevalencia del documento público (compraventa de derechos) al contar con una fecha cierta más antigua.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent40 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectNulidad (Derecho)es_PE
dc.subjectPrescripción adquisitiva de dominioes_PE
dc.subjectEscritura públicaes_PE
dc.subjectCompraventaes_PE
dc.titleInforme jurídico sobre expediente N° 03425-2019-0-0401-JR-CI-05es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadaes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni71236906
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorGuzmán Halberstadt, César Armando
renati.jurorRomero Arteaga, Michel Alonso
renati.jurorLiendo Miranda, Claudia Elisa
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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