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dc.contributor.authorDíaz Meza, Lizette Alessandra
dc.date.accessioned2023-11-15T15:01:50Z
dc.date.available2023-11-15T15:01:50Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/12829
dc.description.abstractEn este informe jurídico se presenta el análisis del proceso penal seguido contra L. W. M. A. por delito contra el Patrimonio - Robo Agravado tipificado en el artículo 188° tipo base y 189° con las agravantes de los incisos 2, 3 y 4 del Código Penal en agravio de E. M. A. M. y E. F. S. L. Luego de la investigación policial efectuada por la DIRINCRl PNP Miraflores, se remitió el atestado policial pertinente a la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal de Lima. El Fiscal Provincial formalizó denuncia penal contra L. W. M. A. en agravio de E. M. A. M. y E. F. S. L., y puso a disposición al denunciado en calidad de detenido. Dicha denuncia llegó al Juzgado de Turno Permanente, donde el Juez dictó el Auto de Inicio del Proceso abriendo instrucción en la vía ordinaria contra el denunciado conforme al artículo 77° del Código de Procedimientos Penales vigente en ese momento. Asimismo, impuso como medida coercitiva la detención judicial del denunciado, en base a los presupuestos del artículo 135° del Código Procesal Penal, de igual manera conforme a los artículos 94° y 95° del Código de Procedimientos Penales dispuso trabar embargo preventivo sobre los bienes libres que señale el inculpado. La Sétima Fiscalía Superior Penal formuló acusación contra L. W. M. A. como autor del delito de Robo Agravado consumado, solicitando 12 años de pena privativa de libertad y al pago solidario de la reparación civil de 2, 000 soles a favor de cada uno de los agraviados, sin perjuicio de la devolución de lo sustraído. Luego de efectuar el control de acusación, la Primera Sala Penal para Reos en Cárcel; declaró haber mérito para pasar a juicio oral, realizando cinco audiencias, luego de las cuales emitió sentencia condenando al acusado por Robo Agravado a 10 años de pena privativa de la libertad, fijando la suma 1,000 soles por concepto de reparación civil a favor de cada uno de los agraviados. El Ministerio Público y la defensa interpusieron recurso de nulidad, elevándose lo actuado a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, la misma que declaró haber nulidad en el extremo de la pena privativa de libertad impuesta por Sala Superior, reformándola le impusieron 6 años de pena privativa de libertad, y declararon no haber nulidad en lo demás que contiene.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent41 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso penales_PE
dc.subjectDelito contra el patrimonioes_PE
dc.subjectRobo agravadoes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Penal N° 07524-2013-0-1801-JR-PE-00
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni48318583
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorPríncipe Trujillo, Hugo Herculano
renati.jurorRosales Artica, David Emmanuel
renati.jurorSalazar Gamboa, Oscar Fritz Alexander
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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