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dc.contributor.authorBecerra Muñoz, Evelyn
dc.date.accessioned2023-10-17T20:03:35Z
dc.date.available2023-10-17T20:03:35Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/12600
dc.description.abstractEl actual informe jurídico versa con respecto al análisis del proceso penal, consignado en el Expediente Judicial N.º 1895-2015, el mismo que se cursó en contra del procesado A.H.P.V. como autor de la comisión delictiva de Robo Agravado en grado de tentativa, en agravio de la menor Y.M.P.O., tal como se desprende del Informe Policial N.º 232-2015, que, con los recaudos anexados, se remitió a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura – Primer Despacho de Investigación, que formalizó y continuó la investigación preparatoria en contra del precitado imputado. Seguidamente, los autos fueron derivados al Tercer Despacho de Investigación de Huaura, que opinó dar por concluida la investigación preparatoria contra el mencionado encausado; despacho fiscal que formuló acusación contra A.H.P.V. como presunto autor de la comisión delictiva de Robo Agravado en grado de tentativa, en agravio de la menor Y.M.P.O., peticionando se le imponga diez (10) años de pena privativa de libertad, así como al pago de S/2 000.00 por concepto de reparación civil, a favor de la parte agraviada. Al respecto, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huaura, expidió el Auto de Enjuiciamiento que declaró saneada la acusación fiscal, para darse inicio a la etapa de juzgamiento. Siendo ello así, culminado que fueron los debates orales, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huaura, emitió la sentencia de fecha 10 de octubre de 2018, que, en su parte resolutiva falló: condenando a A.H.P.V. a diez (10) años de pena privativa de libertad, así como al pago de S/1 000.00 por concepto de reparación civil; la misma que fue recurrida por parte de la defensa del condenado, razón por la cual, la Sala Penal de Apelaciones de Huaura, mediante sentencia de vista de fecha 11 de abril de 2019, resolvió confirmar la resolución de primera instancia; no obstante, el recurrente, interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue admitido por el órgano jurisdiccional; empero, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, mediante auto de calificación de recurso de casación de fecha 25 de febrero de 2021, decidió declarar nulo el auto concesorio del recurso extraordinario, confirmándose de esta manera la sentencia de primera instancia que sentenció a A.H.P.V. como autor del delito contra el Patrimonio – Robo agravado en grado de tentativa, en agravio de la menor Y.M.P.O.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent41 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso penales_PE
dc.subjectRobo agravadoes_PE
dc.subjectTentativaes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Penal N° 1895-2015-20-1308-JR-PE-01
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni76818819
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorÁlvarez Yrala, Edwar Omar
renati.jurorPaucar Chappa, Marcial Eloy
renati.jurorOyarce Delgado, Jeannette Elaine
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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