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dc.contributor.authorGonzales Garay, Karla Alejandra
dc.date.accessioned2023-10-17T19:34:36Z
dc.date.available2023-10-17T19:34:36Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/12591
dc.description.abstractEn el presente Informe Jurídico se ha evaluado un procedimiento administrativo iniciado ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). El expediente versa sobre la solicitud de registro de marca presentada por la empresa S.C.A.S. S.A.C. para distinguir servicios de la clase 43 de la Clasificación Internacional. Seguido a ello, la empresa C.C. S.A.C. presenta oposición a dicha solicitud, en base a los siguientes argumentos: (i) La titularidad de la marca registrada a favor de la opositora para productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional, (ii) Los signos en conflicto son idénticos en sus elementos principales y distintivos, (iii) Existe identidad fonética y gráfica; así como vinculación entre los servicios y productos de los signos en discusión. La Comisión de Signos Distintivos declaró infundada la oposición presentada por C.C. S.A.C., y otorgó el registro del signo solicitado por S.C.A.S. S.A.C., en atención a que no hay identidad ni vinculación entre los servicios que pretende distinguir el signo solicitado y los productos que distingue la marca registrada. Asimismo, la Comisión señala que, los servicios que pretende distinguir el signo solicitado están destinados a un público consumidor diferente y son comercializados en distintos establecimientos a los productos de la marca registrada; por lo que, es posible que coexistan sin que haya riesgo de confusión en el público consumidor. En este estudio, se lleva a cabo una consideración legal acerca de la conexión existente entre los servicios pertenecientes a la clase 43 de la Clasificación Internacional y los productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional. Así también, la adecuada evaluación del examen comparativo entre los signos, teniendo en cuenta, los elementos denominativos, figurativos, los factores y criterios de vinculación que deben tener prioridad al realizar la comparación por parte de la autoridad. De otro lado, la evaluación que se hace a la autoridad al haber o no determinado si existe un supuesto de confusión indirecta en el público consumidor. Finalmente, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual, revocó la resolución emitida por la Primera Instancia que declaró infundada la oposición presentada por C.C. S.A.C.; y, en consecuencia, denegó el registro de la marca de servicio solicitada por S.C.A.S. S.A.C., toda vez que, de la evaluación efectuada, se identificó la existencia de semejanzas entre los signos en discusión, así como los productos y servicios que representan. Sin perjuicio de lo antes señalado, es importante destacar que la resolución emitida por la Sala contó con el voto en discordia de los vocales Ramiro Alberto Del Carpio Bonilla y Néstor Manuel Escobedo Ferradas. Dichos vocales expresaron su desacuerdo con la negativa de registro del signo solicitado, argumentando que los servicios que el signo solicitado buscaba distinguir no estaban vinculados con los productos que la marca registrada identifica, toda vez que no comparten una misma finalidad, tienen canales distintos de comercialización y están dirigidos a un distinto público consumidor.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent44 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectSignos distintivoses_PE
dc.subjectIndecopies_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 684366-2016es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni76541558
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorVigil Oliveros, Enrique Andrei
renati.jurorLiendo Miranda, Claudia Elisa
renati.jurorMiñano Donayre, Alicia Liceth
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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