Informe Jurídico de Expediente Laboral N° 02850-2018-0-3202-JR-LA-02
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Trabajo
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Fecha
2023Autor(es)
La Torre Aguilar, Brigitte Anyela
Jurado(s)
Jiménez Silva, Carlos Humberto
Abanto Revilla, César Efraín
Rivera Maguiña, Mónica Carolina
Abanto Revilla, César Efraín
Rivera Maguiña, Mónica Carolina
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente Informe Jurídico se analiza el proceso laboral iniciado por el señor
JDCM contra la empresa TT S.A., seguido ante el Segundo Juzgado de Trabajo
Permanente – Zona 01 de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. El
demandante solicita como Pretensión Principal: Se determine el despido
fraudulento y se disponga la reposición en su puesto de maquinista del área de
tejeduría; Pretensión Accesoria: Se ordene a la demandada el pago de
indemnización por daños y perjuicios como consecuencia del despido fraudulento
en la suma de S/ 28,350.00 soles, disgregados en los siguientes conceptos: Daño
Patrimonial: daño emergente (S/ 1,000.00 soles), lucro cesante (S/ 17,350.00
soles); y, daño extrapatrimonial: daño moral y personal (S/ 10,000.00 soles).
Asimismo, solicita el pago de intereses legales y costos del proceso. En primera
instancia, el Segundo Juzgado de Trabajo Permanente – Zona 01 de la Corte
Superior de Justicia de Lima Este, mediante Sentencia contenida en la Resolución
N° 04 de fecha 30 de noviembre del 2018 resolvió declarar Infundada la Excepción
de Caducidad deducida por la parte demandada; e, Infundada la demanda en todos
sus extremos. Ante ello, la parte demandante no estando de acuerdo con lo resuelto
interpone recurso de apelación de sentencia, elevándose los autos al Superior
Jerárquico. La Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima
Este, resolvió mediante Sentencia contenida en la Resolución N° 07 de fecha 15 de
marzo del 2019, CONFIRMAR la sentencia que declara infundada la demanda
sobre despido fraudulento y otros. La parte demandante presentó Recurso de
Casación, elevándose los autos a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y
Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República que dispuso
mediante Resolución S/N de fecha 23 de junio del 2021 declarar Improcedente el
recurso de Casación interpuesto por la parte demandante. Mediante resolución N°
09 de fecha 09 de noviembre del 2021, la judicatura dispone archivar
definitivamente el proceso.
Colecciones
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/restrictedAccess