Informe Jurídico de Expediente Penal N° 1993-2017-0-0901-JRPE-06

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Fecha
2022Autor(es)
Irribarren Solórzano, Julio Eduardo
Jurado(s)
Vilca Morales, Aldo Gilberto
Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Carrión Díaz, Juan Elías
Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Carrión Díaz, Juan Elías
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente informe jurídico tiene como objeto el análisis de los actuados contenidos en
el Expediente N° 1993-2017, el cual tiene su origen, en la denuncia de parte presentada
ante la Comisaría de Sol Oro por la persona de sexo femenino ANGZ (51 años) contra
su exconviviente LCECP de sexo masculino (51 años) por el delito contra la libertad
sexual en la modalidad de Violación Sexual por los hechos ocurridos el día 30 de agosto
de 2015. Estando que la investigación estuvo a cargo de la Primera Fiscalía Provincial
Penal de Lima Norte, en la Carpeta Fiscal N° 788.2015.
Luego, con fecha 26 de septiembre de 2015, el Ministerio Público formalizó denuncia
penal contra el imputado LCECP por la presunta comisión del delito de Violación Sexual
por los hechos ocurridos el día 30 de agosto de 2015. Siendo que la audiencia de
presentación de cargos ocurrió el día 05 de septiembre de 2017, en la cual el Sexto
Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte
resolvió, en primer lugar, abrir proceso penal en vía sumaria contra el denunciado por el
delito imputado, previsto en el artículo 170° del Código Penal. Culminada dicha etapa, el
Ministerio Público con fecha 10 de septiembre de 2018, formulo acusación contra el
procesado por el delito imputado.
Así, continuando con el proceso penal, con fecha 15 de enero de 2019, el órgano
jurisdiccional emitió la Resolución S/N por el cual falló condenando al imputado LCECP
por el delito de violación sexual a 12 años de pena privativa de libertad efectiva y fijo el
monto de reparación civil en la suma de S/. 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 soles). La misma
que, luego de ser impugnada por ambas partes, fue declarada nula por la Primera Sala
Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en mérito de la
Resolución S/N de fecha 30 de abril de 2019, por vicio insubsanable de motivación
insuficiente; por lo que, ordenaron remitir los autos a sede de instancia a otro órgano
jurisdiccional. En su oportunidad, el Sexto Juzgado Penal Liquidador Permanente de la
Corte Superior de Justicia de Lima Norte falló absolviendo al proceso en virtud del criterio
de la duda razonable.
Esta última fue objeto de impugnación por parte del Ministerio Publico y la parte civil, la
cual, en su oportunidad, fue declarada nula por la Primera Sala Penal Liquidadora de la
Corte Superior de Justicia de Lima Norte en mérito de la Resolución S/N de fecha 21 de
diciembre de 2020 debido a una inadecuada e incompleta valoración de los medios de
prueba; por lo que, ordenaron remitir los autos a sede de instancia a otro órgano
jurisdiccional. En mérito a ello, el Décimo Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria,
mediante Resolución S/N de fecha 20 de agosto de 2021 falló condenando al procesado
a 12 años de pena privativa de libertad efectiva y fijo el monto de reparación civil en la
suma de S/. 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 soles), la misma que, luego de ser recurrida,
fue confirmada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente de Lima Norte.
Colecciones
Materias
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor