Informe Jurídico de Expediente Civil N° 00453-2013-01411-JR-CI-01

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Fecha
2022Autor(es)
Lopez Portocarrero, Jeremy
Jurado(s)
Montero Ordinola, Gustavo Enrique
Chunga Chávez, Carmen Flor de María
Liendo Miranda, Claudia Elisa
Chunga Chávez, Carmen Flor de María
Liendo Miranda, Claudia Elisa
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente informe jurídico, se va a analizar un proceso civil de nulidad de acto
jurídico, y producto de ello, una debida indemnización por daños y perjuicios. Con fecha
21 de octubre del 2013, A.D.B.B. interpuso una demanda de nulidad de acto jurídico
contra M.A.B.B., H.G.B. y la empresa WCBS LLC PERÚ S.A.C.,
solicitando que se declare nulo el acto jurídico celebrado de fecha 4 de noviembre del
2011 por el cual establece el derecho de servidumbre a favor de WCBS LLC PERÚ S.A.C
sobre el predio denominado Auquis ubicado en la quebrada de Huaya a la altura del
KM.42 de la carretera Vía los libertadores del Distrito de Humay, de la Provincia de Pisco
y nulo el Addendum “A” del contrato de establecimiento de servidumbres por mutuo
acuerdo. Asu vez, la empresa WCBS LL PERÚ S.A.C., contestó la demanda
mencionando que la demandante no tiene legitimidad para obrar en el caso, pues aduce
que no formó parte de la relación contractual sustantiva primigenia, y no ha probado de
manera fehaciente la copropiedad del predio. Los demandados M.A.B.B. Y H.G.B., no
contestaron la demanda, por lo que se les declaró rebeldes. El Juzgado Civil Transitorio
emite sentencia, y declara FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta; en
consecuencia, se declara: NULO y sin efecto legal el acto jurídico contrato de
establecimiento de servidumbre por mutuo acuerdo, indemnización por daños y
perjuicios y otorgamiento efectuado por los demandados a favor de la empresa WCBS
respecto al predio denominado la franja y su Addendum y se ordena a los demandados
indemnicen solidariamente a la demandante con S/ 190,000.00 soles por concepto de
daño emergente y lucro cesante. Los Co demandados apelaron dicha decisión, y es así
que, la Sala Mixta de Pisco emite sentencia resolviendo CONFIRMAR la sentencia
apelada que declaró fundada en parte la demanda sobre nulidad de acto jurídico. En
consecuencia, REVOCAR la acotada en el extremo que se ordena el pago de la
indemnización por daños y perjuicios por S/ 190,000.00 soles y REFORMÁNDOLA
declararon FUNDADA EN PARTE la demanda ordenando el pago solidario de S/
16,000.00 soles por concepto de indemnización de daños y perjuicios por lucro
cesante, más intereses legales, con costos y costas del proceso. La demandante
consintió esta decisión y solicitó el pago del monto otorgado como indemnización por
parte de la sala.
Colecciones
Materias
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor