Informe Jurídico de Expediente Penal N° 00534-2014

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Fecha
2022Autor(es)
Tello Muñoz, Zayda Yomayra
Jurado(s)
Vilca Morales, Aldo Gilberto
Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Carrión Díaz, Juan Elías
Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Carrión Díaz, Juan Elías
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente informe jurídico se analizará el expediente penal por el delito de robo
agravado – en grado de tentativa, el mismo que se encuentra previsto y sancionado
en el artículo 189 primer párrafo, inciso 5 y 7, en concordancia con el artículo 188,
delitos contra el Patrimonio – Robo (tipo base) del Código Penal, todo esto bajo las
reglas del Código de Procedimientos Penales.
El caso concreto empezó a partir de la denuncia formulada por I.P.C (agraviada)
contra el señor J.A.R.A, ante la Comisaría Laderas de Villa, en el distrito de Villa el
Salvador. A partir de esta denuncia se realizó el Atestado Policial Nº059-2014-RP-LDIVTER-
SUR-2-SJM-CLDV, en el cual se concluyó que el imputado J.A.R.A resultaría
ser presunto autor del delito contra el patrimonio (en grado de tentativa) seguido de
lesiones, en agravio de I.P.C. por los hechos ocurridos el día 01 de julio de 2014 a
horas 18:00 aproximadamente.
En razón a este Atestado Policial y después de haberse llevado a cabo las diligencias
correspondientes, la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa el Salvador del distrito
Fiscal de Lima Sur formalizó la denuncia penal contra J.A.R.A por el delito antes
mencionado. El Juzgado Penal se la Sede de Villa el Salvador I, procedió abrir
instrucción en vía ordinaria y dictar la medida de comparecencia restringida contra
J.A.R.A. La Fiscalía Superior Penal Permanente del distrito Fiscal de Lima Sur formuló
acusación contra el imputado solicitando se imponga doce (12) años de pena privativa
de libertad efectiva y, se fije en S/1000,00 soles el monto de la reparación civil.
Posteriormente, habiéndose desarrollado la audiencia de juicio, la Sala Penal
Permanente de Lima Sur condenó a J.A.R.A y, en consecuencia, le impuso cuatro (4)
años de pena privativa de libertad suspendida por el término de tres años, bajo el
cumplimiento de determinadas reglas de conducta. La sentencia fue impugnada por
el representante del Ministerio Público, en vía de Recurso de Nulidad, siendo la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República que declaró Haber
Nulidad en la sentencia impugnada que condenó a J.A.R.A como autor del delito
contra el patrimonio – robo agravado em grado de tentativa, reformándola le impuso
nueve (9) años de pena privativa de libertad, el mismo que será computado una vez
que el procesado sea capturado.
Colecciones
Materias
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess
Notas
Modalidad de obtención de grado y/o título sin designación de asesor