Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1961-2018-OEFA/DFAI/PAS
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Fecha
2022Autor(es)
Carbajal Jimenez, Francisco Alonso
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En el presente Informe Jurídico se analiza el Procedimiento Administrativo
Sancionador en materia minero ambiental seguido por la Dirección de
Fiscalización y Aplicación de Incentivos contra la Compañía Minera Poderosa
S.A. por las presuntas conductas infractoras: a) la no adopción de medidas de
previsión y control a fin de evitar o impedir que el derrame de relave –proveniente
de la planta de filtrado de relaves– discurra hasta el suelo adyacente; b) el
incumplimiento de lo señalado en el instrumento de gestión ambiental respecto
a implementar una tubería que conduce agua industrial –proveniente de los
componentes ubicados agua arriba de la Planta de beneficio Santa María I,
Depósito de relaves Santa María I y Planta de filtrados Santa María– hacia la
lavandería ubicada en el campamento del nivel 2410; y, c) el exceso de los
Límites Máximos Permisibles (LMP) respecto a los parámetros Arsénico Total y
Plomo Total en el punto especial ESP-3, ubicado en las coordenadas UTM WGS
84 N: 9140175 y E: 214143.
En el presente procedimiento la Dirección de Fiscalización y Aplicación de
Incentivos emitió las Resoluciones N° 0315-2020-OEFA/DFAI, 1333-2020-
OEFA/DFAI Y 1867-2021-OEFA/DFA porque se omitió detallar los parámetros
involucrados y sus respectivos costos, así como no se indicó la razón por la cual
se realizaron los cambios en la estructura de costos y se cambió el criterio
adoptado inicialmente por la primera instancia sobre la estrecha vinculación de
las conductas infractoras N.° 2 y N.° 3.
Producto de las resoluciones emitidas por la Dirección de Fiscalización y
Aplicación de Incentivos, el Tribunal de Fiscalización Ambiental de la OEFA
declaró la Nulidad y la Revocación de las mismas a consecuencia de que se
vulneró la Debida Motivación, el Principio del Debido Procedimiento y la Non
Reformatio In Peius.